La Corte Suprema se declaró incompetente este martes para determinar si Jorge Macri se encuentra habilitado para ser precandidato a jefe de Gobierno porteño y dejó la resolución al máximo tribunal de la ciudad de Buenos Aires.
La Corte Suprema se declaró incompetente este martes para determinar si Jorge Macri se encuentra habilitado para ser precandidato a jefe de Gobierno porteño y dejó la resolución al máximo tribunal de la ciudad de Buenos Aires.
La Corte se apoyó en los argumentos de Eduardo Casal para evitar expresarse acerca de las objeciones a la postulación de Macri. El procurador había decidido que la determinación la debe tomar la Justicia porteña y no el tribunal máximo.
"El asunto resulta ajeno a la jurisdicción prevista en el artículo 117 de la Constitución Nacional", señaló la Corte Suprema, que después precisó que "más aún cuando -continuó-, de acuerdo con lo consignado en el escrito presentado por la parte actora titulado 'Amplía demanda-Hecho Nuevo', se encuentra en trámite un proceso sustancialmente análogo al presente ante el Tribunal Electoral de la Ciudad de Buenos Aires".
El exsenador nacional Eugenio "Nito" Artaza y la precandidata a jefa de Gobierno por el Frente de Izquierda Vanina Biasi presentaron las impugnaciones contra la postulación del primo del expresidente Mauricio Macri, ya que cuestionaron las condiciones de domicilio y residencia para que sea parte de las elecciones por no cumplir con los cinco años como mínimo de residencia permanente en el territorio porteño.
El Partido Obrero-MST impugnó la precandidatura de Jorge Macri para jefe de Gobierno porteño, debido a que este espacio afirmó que el funcionario no cumple con los requisitos de nacimiento o residencia mínima en el distrito en el cual aspira a llegar al cargo.
La precandidata a jefe de Gobierno porteño por el Partido Obrero-MST en el Frente de Izquierda, Vanina Biasi, cargó contra el expresidente Mauricio Macri, debido a que, según ella, está relacionado con la presentación de Jorge Macri. La impugnación se llevó a cabo ante el Tribunal Electoral de la Ciudad y la Corte Suprema de Justicia.
"Si no puede reelegirse en un distrito, se presenta en el de al lado. Todo este mamarracho tiene un responsable y es Mauricio Macri que lo mandó a la Ciudad a recuperar la caja para la familia", apuntó Biasi.
En un comunicado, Biasi enfatizó que Macri "no cumple con los requisitos para presentarse en la ciudad de Buenos Aires. Su salto de ser intendente de Vicente López a candidato a jefe de Gobierno en CABA es completamente ilegal y una trampa inadmisible".
"Claramente, el hasta hace un mes intendente de Vicente López incumple esta pauta ya que nació en la provincia de Bueno Aires y vivió allí el último tiempo, lo cual es lógico ya que fue electo intendente en 2019", aseveró la dirigente de izquierda. En la Constitución de la Ciudad se expresa que para candidatearse en territorio porteño se debe haber nacido en el distrito o residido en el lugar durante al menos cinco años antes de la presentación.
En esta línea, la funcionaria exigió que la Justicia tome medidas, ya que pidió que "la Justicia electoral de CABA haga valer por igual los requisitos que se establecen en el distrito para ser jefe de Gobierno. Basta de nepotismo, privilegios y truchadas".
El Tribunal Electoral de la Ciudad de Buenos Aires habilitó a Jorge Macri a ser precandidato a jefe de Gobierno porteño por Juntos por el Cambio al considerar que cumple con los requisitos legales. De esta forma, se rechazaron las impugnaciones que cuestionaban su postulación y ponían en duda las condiciones de domicilio y residencia para participar en los comicios.
El Tribunal resolvió que el funcionario porteño "cumple con los requisitos estipulados en el artículo 97 de la Constitución local para postularse al cargo de jefe de Gobierno".
El artículo en cuestión establece: "Para ser elegido se requiere ser argentino, nativo o por opción; tener treinta años de edad cumplidos a la fecha de la elección; ser nativo de la Ciudad o poseer una residencia habitual y permanente en ella no inferior a los cinco años anteriores a la fecha de elección; y no encontrarse comprendido en algunas de las inhabilidades e incompatibilidades previstas para los legisladores".
Según consignó Télam, en su resolución de 14 carillas el Tribunal Electoral desplegó una extensa argumentación en la que distinguió conceptos como lugar de nacimiento, domicilio y residencia, entre otros puntos.
Y concluyó que "se colige que el requerimiento constitucional de que los candidatos/as a Jefe/a de Gobierno acrediten una residencia 'habitual' y 'permanente' en la Ciudad que no resulte inferior a cinco (5) años, se encuentra acreditado y cumplido en el caso concreto".