En la Provincia de Corrientes no se realizarán elecciones para elegir a Gobernador y Vicegobernador del distrito, pero lo que si deberán votar los ciudadanos de dicha jurisdicción será el 11 de junio para las Elecciones 2023 que renuevan las bancas legislativas y el 13 de agosto también deberán votar en las PASO presidenciales. Luego, volverán a las urnas el 22 de octubre y podrían hacerlo en noviembre en caso de haber segunda vuelta para definir quien se sentará en el sillón de Rivadavia.
Elecciones 2023: qué se vota en Corrientes
Conocé qué se vota en Corrientes, cuándo son las Elecciones 2023 y cuál es la multa no presentarse a votar y no justificar la ausencia.
Los sufragios de junio servirán para renovar 15 de las 30 bancas que la Cámara de Diputados tiene en la provincia de Corrientes. Además, deberán renovar 5 lugares en el Senado, conformado por un total de 15 bancas.
Elecciones 2023: cuáles son las multas por no ir a votar
En caso de no presentarse a votar y no justificar la ausencia, “se impondrá una multa de a 50 a 500 pesos al elector que dejare de emitir su voto y no se justificare ante cualquier juez electoral de distrito dentro de los sesenta (60) días de la respectiva elección”. Por otro lado, no “podrá ser designado para desempeñar funciones o empleos públicos durante 3 años a partir de la elección”. En caso de no abonar la infracción, el ciudadano no podrá realizar gestiones o trámites a lo largo de un año ante organismo estatales, provinciales o municipales.
Elecciones 2023 en Corrientes: quiénes están exentos de votar
El voto es obligatorio para todos aquellos que tienen entre 18 y 70 años de edad y figuran en el padrón, pero hay quienes están exentos y, de acuerdo al Código Electoral de la provincia de Corrientes, ellos son:
- Mayores de 70 años.
- Jueces y sus auxiliares que deben asistir a sus oficinas y mantenerlas abiertas mientras duren las elecciones.
- Los que el día de los sufragios se encuentren a más de 500 kilómetros del lugar donde deban votar y justifiquen que el alejamiento obedece a motivos razonables (deberán presentarse el día de la elección en una comisaría para dejar sentado sus motivos).
- Los enfermos o imposibilitados por fuerza mayor que les impida asistir al acto.
- El personal de organismos y empresas de servicios públicos que por razones atinentes a su cumplimiento deban realizar tareas que le impidan asistir a los establecimientos habilitados para votar.
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