El Gobierno aprobó el protocolo de uso de armas taser por parte de la Policía Federal. Mediante un comunicado publicado en el Boletín Oficial, el Ministerio de Seguridad derogó la resolución 138° de 2021 para dar curso con el esquema de actuación para la utilización de las mismas. Aníbal Fernández anticipó días atrás la compra de 100 dispositivos destinados a grupos de las fuerzas armadas.
El Gobierno aprobó el protocolo de uso de armas taser por parte de la Policía Federal
El Ministerio de Seguridad derogó la resolución 138° de 2021 para dar curso con el esquema de actuación para la utilización de las mismas. Aníbal Fernández anticipó días atrás la compra de 100 dispositivos destinados a grupos de las fuerzas federales.
Mediante la resolución 261/2023, el ministerio describió que "objetivo principal de la utilización del Dispositivos Electrónico de inmovilización Momentánea (D.E.I.M.) es prevenir una escalada continua de la resistencia o violencia de un sujeto y minimizar el daño al personal, al público, y sujetos intervinientes".
Por eso, se creo un protocolo para "poder garantizar la efectiva aplicación por parte del personal policial de los Principios de legalidad, oportunidad, proporcionalidad y moderación, gradualidad o progresividad, responsabilidad y rendición de cuentas en el uso de los mismos".
Para ello, se derogó la Resolución del Ministerio de Seguridad Nº 138 del 31 de marzo de 2021 y en su lugar se aprobó el “Protocolo de Actuación para la Utilización de Dispositivos Electrónicos de Inmovilización Momentánea (D.E.I.M.)".
Armas taser: cómo es el protocolo de uso
Dentro del documento publicado en el Boletín Oficial, se especifica las situaciones donde los efectivos de seguridad pueden utilizar el dispositivo D.E.I.M, ante situaciones como:
- Resistencia pasiva: "negación de una persona desarmada a obedecer órdenes verbales o técnicas de control que no impliquen el uso de la fuerza física".
- Resistencia activa: "se resiste a obedecer órdenes verbales o técnicas de control de un efectivo de las Fuerzas Policiales y de Seguridad Federal utilizando para ello técnicas físicas como ser la fuga, forcejeos".
- Población de riesgo: "comprende los individuos que están potencialmente en mayor riesgo de lesiones o muerte después de una exposición a un D.E.I.M".
- Peligro inminente: "refiere a una amenaza inmediata y real sobre la vida o integridad física de sí o de terceros".
- Ventana de oportunidad: "espacio de tiempo de unos 5 segundos aproximadamente luego de producida la descarga a través de los dardos, y su consiguiente incapacitación neuromuscular".
Ante cualquier incumplimiento por parte de los efectivos de seguridad, en cuanto al uso de la pistola taser, el protocolo establece que "será considerado como falta grave y sancionado conforme el régimen disciplinario vigente de la Policía Federal Argentina".
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