La Cámara Federal de la Ciudad de Buenos Aires confirmó que la causa por violencia de género contra Alberto Fernández iniciada por Fabiola Yañez deberá continuar su curso en Comodoro Py. De esta manera, se desestimó el pedido del expresidente, quien buscaba que la denuncia se mude a los juzgados de San Isidro.
Desestimaron el pedido de Alberto Fernández y la causa por violencia de género seguirá en Comodoro Py
El expresidente había intentado que la denuncia de Fabiola Yañez se mude a los juzgados de San Isidro, requerimiento que fue denegado por la Cámara Federal. Así, el caso seguirá a cargo del juez Julián Ercolini y del fiscal Ramiro González.
La resolución lleva la firma del camarista Eduardo Farah, de la sala II de ese Tribunal de Apelaciones. Con esta decisión, la investigación seguirá a cargo del juez federal Julián Ercolini y del fiscal Ramiro González. El camarista le dio la razón a Ercolini y consideró "prematuro" el cambio de jurisdicción, aunque no descartó que pueda moverse en un futuro, al menos hasta que concluyan medidas de prueba en curso que permitan determinar si el caso es de un fuero ordinario y no federal.
"El Juez de primera instancia decidió bien al rechazar por prematura esa definición, difiriendo el análisis al resultado de las medidas investigativas en curso", argumentó Farah al ratificar lo decidido por Ercolini
Farah, además, pidió "precisiones sobre las circunstancias de modo, tiempo y lugar de cada uno de los hechos (instigación a un aborto, lesiones reiteradas y amenazas coactivas en perjuicio de Yañez y alguna acción u omisión de funcionarios públicos) que es necesario averiguar".
"Ellas permitirán establecer la dependencia o independencia (tanto fáctica como jurídica) de unos hechos con otros y, a partir de allí, si corresponde proseguir con una investigación unificada o no, y según el caso, en qué jurisdicción territorial", agregó.
En ese aspecto, aludió a "una cuestión sobre la cual las partes hasta ahora nada han dicho, pero cuyo tratamiento no puede ser omitido por el Juez una vez que se completen esas medidas".
"Me refiero a las razones que sustentarían en el caso la competencia federal por razón de la materia, pues ésta es restrictiva y de excepción, para los supuestos que expresamente prevén los arts. 116 de la Constitución Nacional y 33 del Código Procesal Penal de la Nación", sostuvo el magistrado sobre si la denuncia es o no jurisdicción del fuero federal.
En caso de serlo, advirtió: "Debe poder explicarse -en tal caso- la naturaleza federal de los hechos de la causa y mediante las diligencias que correspondan" esclarecer "los aspectos fácticos y normativos que sean necesarios para determinar correctamente la competencia, tanto en su aspecto material como territorial o por conexión entre todos los sucesos denunciados".
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