El domingo 19 de noviembre se llevarán cabo el balotaje 2023. La jornada electoral comienza a las 8 de la mañana y se extenderá hasta las 18, por lo tanto, los ciudadanos tendrán 12 horas para poder cumplir con el deber cívico.
Los ciudadanos tendrán 12 horas para emitir sufragio en los establecimientos habilitados. ¿Qué pasa si no voté antes del horario de cierre de urnas?
El domingo 19 de noviembre se llevarán cabo el balotaje 2023. La jornada electoral comienza a las 8 de la mañana y se extenderá hasta las 18, por lo tanto, los ciudadanos tendrán 12 horas para poder cumplir con el deber cívico.
En el caso de que el votante llegue cerca del cierre de urnas, podrá votar siempre que se encuentre dentro del establecimiento antes del horario de cierre de urnas. En caso de que llegue luego de las 18, no podrá ejercer su derecho y deberá justificar su ausencia en las elecciones.
Las autoridades de mesa deberán presentarse en los establecimientos habilitados a las 7.45 y, previo a la apertura de las mesas, deberán verificar que las urnas tengan sus sellos intactos, como también la presencia de los registros de electores. Tendrán que corroborar que la urna se encuentre vacía y luego se cerrará con una faja de papel firmada por el presidente, el suplente y todos los fiscales presentes.
El paso siguiente es preparar el cuarto oscuro: las boletas oficiales deben estar ordenadas por orden numérico de menor a mayor y de derecha a izquierda, de acuerdo a lo que indica el artículo 82 del Código Electoral Nacional.
Para el balotaje 2023 están habilitados todos los documentos para votar. Sin embargo, es importante destacar que el votante debe presentarse a los comicios con el documento que figura en el padrón electoral o con una versión posterior. En caso de presentarse con una versión anterior, el presidente de mesa no lo dejará ingresar al cuarto oscuro para cumplir con el deber cívico.
Además, no está permitido votar con el DNI digital que se encuentra en la aplicación "Mi Argentina", como tampoco está permitido sufragar con una constancia de que el documento se encuentra en trámite, ya que, no se logrará comprobar la identidad de la persona que se presente con ese comprobante. Los documentos válidos para votar son: