Referentes de 22 asociaciones de Usuarios y Consumidores presentarán este jueves en el Congreso un documento en el que rechazan el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 70/2023 firmado la semana pasada por el presidente Javier Milei.
Asociaciones de Defensa al Consumidor rechazarán el DNU de Milei en el Congreso
Referentes de 22 asociaciones de Usuarios y Consumidores presentarán este jueves un documento a los legisladores. Antes habrá una conferencia de prensa.
Dichas asociaciones solicitarán además una reunión con los presidentes de ambas cámaras para exponer los fundamentos citados en el documento.
Antes de eso, realizarán una conferencia de prensa, a las 11 de la mañana, en la puerta del Anexo de la Cámara de Diputados, para explicar detalladamente los motivos del rechazo.
Cómo se prepara el Congreso para tratar el mega DNU de Milei
El DNU entrará en vigencia este viernes 29 y aguarda su tratamiento en el Congreso. Mientras se espera la conformación de la Comisión Bicameral Permanente que deberá emitir un dictamen a favor o en contra para su posterior debate en el recinto, el oficialismo, que sólo cuenta con 37 diputados y 7 senadores, busca aliados en el PRO, los radicales y los bloques provinciales para lograr resultados favorables.
La Bicameral se compone de ocho diputados y ocho senadores, designados por el presidente de sus respectivas cámaras a propuesta de los bloques parlamentarios respetando la proporción de las representaciones políticas.
Actualmente existe una puja entre La Libertad Avanza (LLA) y Unión por la Patria (UxP) por los lugares a ocupar, ya que el peronismo reclama que le corresponden cuatro pero el oficialismo busca otorgarle tres.
La Ley 26.122, que regula el régimen legal de los DNU, establece que el Jefe de Gabinete, Nicolás Posse, tiene 10 días hábiles para enviarlo al Congreso desde la publicación del decreto en el Boletín Oficial, tras lo cual la Comisión tendrá un plazo de otros 10 días para expedirse y elevar el dictamen al plenario de cada una de las Cámaras.
Cabe aclarar que el Congreso sólo puede aceptar o rechazar el DNU, pero no se pueden introducir enmiendas, agregados o supresiones al texto. Para que el decreto sea inválido lo deben rechazar ambas cámaras, si una de las dos lo aprueba, queda vigente con la mayoría absoluta de los presentes (la mitad más uno).
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