La AFIP (Administración Federal de Ingresos Públicos) realizó modificaciones en el marco de la Ley Nº 27.743, conocida como “Medidas Fiscales Paliativas y Relevantes”.
También se han ajustado los montos de los impuestos y las cotizaciones previsionales. Como consecuencia, algunos contribuyentes ya no están obligados a abonar el impuesto integrado del Monotributo.
Cuál es el grupo que no seguirá pagando el monotributo de AFIP en 2024
monotributo
Paso a paso para consultar todas las deudas que tenés en AFIP.
Estas excepciones incluyen:
- Trabajadores independientes promovidos: Están exentos del pago del impuesto.
- Asociados a cooperativas: Quedan exentos siempre que sus ingresos brutos no superen el límite establecido para la categoría A.
- Locadores de bienes inmuebles: Los que se dediquen exclusivamente al alquiler de inmuebles y mantengan en alquiler no más de dos propiedades también están exentos.
- Inscriptos en el Registro Nacional de Efectores: Aquellos registrados en este registro y cuyos ingresos brutos no excedan los valores de la categoría A, no deben pagar el impuesto.
- Productores primarios: Los que se dediquen al cultivo de tabaco, caña de azúcar, yerba mate o té, y cuyos ingresos brutos no superen los valores de la categoría D, están exceptuados.
Cuáles son las excepciones en aportes previsionales y obra social de AFIP
A su vez, la AFIP también detalló quiénes están exentos de realizar aportes al SIPA las siguientes personas:
- Contribuyentes cubiertos por otros regímenes previsionales.
- Menores de 18 años.
- Contribuyentes que adhieren al Monotributo exclusivamente por locación de bienes muebles y/o inmuebles.
- Sucesiones indivisas que continúan con la actividad del sujeto adherido al Monotributo.
- Jubilados bajo leyes anteriores a julio de 1994 (leyes Nº 18.037 y Nº 18.038).
Además, los jubilados están exentos de realizar aportes a la obra social.