Prestación por Desempleo de ANSES: la gran noticia que recibieron sus beneficiarios

La Administración Nacional de la Seguridad Social afirmó que los trabajadores que fueron despedidos y acceden a esta ayuda tendrán un incremento desde agosto.

La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) marcó cambios para agosto 2023 respecto de algunos requisitos del Programa Hogar. Asimismo, explicó que los titulares de la Prestación por Desempleo accederán a un incremento de sus haberes a partir del octavo mes del año.

En este orden, el organismo que dirige Fernanda Raverta mencionó que esta ayuda económica se calcula según los ingresos y meses trabajados (con aportes) durante los últimos 3 años. Las trabajadoras y los trabajadores mayores a 45 años cobran durante 6 meses más.

Por otro lado, ANSES recordó que los beneficiarios de la Asignación Universal por Hijo (AUH) pueden cobrar la Tarjeta Alimentar y el Complemento Leche para acceder a insumos de la canasta básica.

Hombre desempleado

De qué se trata la Prestación por Desempleo de ANSES

La Prestación por Desempleo de ANSES es una asistencia económica destinada a trabajadores en relación de dependencia despedidos sin justa causa, por finalización de contrato o por causas externas, comprendidos en la Ley de Contrato de Trabajo N° 24.013.

Cuál es la buena noticia de la Prestación por Desempleo de ANSES

La buena noticia de la Prestación por Desempleo es que gracias al reciente incremento del Salario, Mínimo, Vital y Móvil (SMVM), esta ayuda económica tendrá un incremento con un valor mínimo de $31.294 y $52.082 como máximo.

Prestación por Desempleo de ANSES: quiénes pueden acceder

Las personas que pueden acceder a la Prestación por Desempleo de ANSES son aquellos trabajadores fueron despedidos sin justa causa de sus empleos formalmente registrados que realizaban aportes al Fondo de Desempleo.

Prestación por Desempleo de ANSES: cuáles son los requisitos

Los requisitos para acceder a la Prestación por Desempleo son:

  • Trabajadoras/es permanentes: tener al menos 6 meses de trabajo con aportes en los últimos 3 años anteriores al despido o finalización del contrato.
  • Trabajadoras/es eventuales y de temporada: haber trabajado menos de 12 meses en los últimos 3 años y más de 90 días en el último año, antes de la finalización del trabajo.
ANSES logo

También es importante tener en cuenta la siguiente documentación:

  • DNI (original y copia).
  • Documentación que compruebe el desempleo (original y copia), según el caso:
  • Despido sin justa causa: telegrama de despido, carta documento o nota de despido con firma certificada de la empleadora o empleador.
  • Despido por quiebra o concurso preventivo de la empleadora o empleador: nota del síndico certificando la disolución del contrato laboral, sentencia de quiebra autenticada por juzgado, telegrama de la empleadora o empleador notificando el cese por quiebra o el ejemplar del Boletín Oficial donde se publicó la quiebra.
  • Resolución del contrato de trabajo por denuncia de la trabajadora o trabajador fundada en justa causa: telegrama de intimación y telegrama de desvinculación laboral enviados por la trabajadora o trabajador.
  • No renovación de un contrato a plazo fijo: copia del contrato de trabajo vencido.
  • Fallecimiento de una empleadora o empleador unipersonal: copia certificada del acta de defunción.
  • En caso de haber padecido una enfermedad/accidente no laboral o enfermedad/accidente laboral al momento de producirse el cese en su último empleo: certificado médico de aptitud laboral para ocupar un puesto de trabajo acorde a su situación de salud.