Jubilados de ANSES: por qué el 22 de agosto es una fecha clave

La Administración Nacional de la Seguridad Social anunció modificaciones en el calendario y confirmó el aumento de haberes con bono incluido.

El 22 de agosto de 2025 marcará el inicio del pago para los jubilados y pensionados de la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) que perciben haberes superiores al mínimo. Ese día, además de comenzar la liquidación para este grupo, entrarán en vigencia el nuevo ajuste por inflación y el refuerzo extraordinario de $70.000.

Anses - Jubilación
Con el aumento por inflación, la jubilación mínima se elevará a $314.305,37.

Con el aumento por inflación, la jubilación mínima se elevará a $314.305,37.

Aumenta la jubilación mínima de ANSES en agosto 2025

Con un incremento del 1,6% de la ANSES, el haber jubilatorio mínimo subirá a $314.305,37. El ajuste se aplicó tras conocerse la inflación de junio y forma parte del nuevo esquema de movilidad mensual definido por el Decreto 274/2024.

A su vez, la Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM) alcanzará los $251.444,30, mientras que la jubilación máxima subirá hasta $2.114.977,60. También se verán modificados los montos de las Pensiones No Contributivas (PNC).

Bono de $70.000 de ANSES

El bono de $70.000 seguirá vigente para quienes perciben la jubilación mínima. Se pagará junto con el haber y alcanzará a quienes no superen los $314.243,51. Los que cobren entre ese monto y $384.243,50 recibirán un adicional proporcional.

Por ejemplo, un beneficiario con $340.000 cobrará $44.243,50 para completar el total. El Congreso había aprobado una suba del bono a $110.000, pero el presidente Javier Milei anunció que vetará la medida.

Anses - Jubilación
El bono de $70.000 se mantiene en agosto a pesar del veto presidencial al aumento propuesto.

El bono de $70.000 se mantiene en agosto a pesar del veto presidencial al aumento propuesto.

Jubilados de ANSES que superan la mínima: cuándo cobro en agosto 2025

Los pagos para quienes perciben haberes mayores al mínimo iniciarán el 22 de agosto y seguirán hasta el 28 de agosto, según la terminación del DNI:

  • DNI terminados en 0 y 1: 22 de agosto.

  • DNI terminados en 2 y 3: 25 de agosto.

  • DNI terminados en 4 y 5: 26 de agosto.

  • DNI terminados en 6 y 7: 27 de agosto.

  • DNI terminados en 8 y 9: 28 de agosto.