La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) estableció cómo tendrán que hacer a partir de ahora todas las personas que estén inscriptas en el monotributo deberán pagar el impuesto integrado -componente impositivo- de las obligaciones mensuales que pertenecen desde septiembre del año anterior a febrero del corriente.
Impuesto integrado para monotributistas: cómo será el pago según AFIP
La Administración Federal de Ingresos Públicos detalló que el pago deberá realizarse mediante el Volante Electrónico de Pago.
En el sitio oficial de la AFIP, se detalla: "El monotributo unificado agrupa trámites nacionales y provinciales para el pago de impuestos con el fin de reducir la carga administrativa. Se paga una cuota mensual fija y no aplica retenciones en cuentas bancarias ni en tarjetas de débito y crédito".
Además, de acuerdo a la Resolución General 5491/2024, los monotributistas adheridos al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS) alcanzados por el beneficio del artículo 1° de la Resolución General N° 5.411, el pago deberá realizarse mediante Volante Electrónico de Pago (VEP). Conocé los detalles.
Cómo se puede pagar el impuesto para monotributistas desde AFIP
El pago se puede efectuar ingresando con la clave fiscal al servicio Presentación de DDJJ y Pagos o CCMA - Cuenta Corriente de Monotributistas y Autónomos o a través del Portal Monotributo. El Volante Electrónico de Pago (VEP) generado podrá ser cancelado mediante la lectura de un código de respuesta rápida “QR”.
En el caso de que la generación del VEP se realice desde el servicio Presentación de DDJJ y Pagos, se debe seleccionar la opción Nuevo VEP y completar la totalidad de los datos que se piden (Grupos de Tipos de Pagos: “Monotributo”, Tipo de Pago: “Monotributo - Pago Ajustes”), utilizando la relación Impuesto-Concepto-Subconcepto 20-019-078.
En el caso de los pequeños contribuyentes asociados a cooperativas podrán ingresar la obligación mediante entidades bancarias y de pago autorizadas. Para hacerlo se debe utilizar el volante de pago formulario F.155 y consignando la relación Impuesto-Concepto-Subconcepto 20-019-078.
Cuál es la importante aclaración para los monotributistas
Sin embargo, es importante tener en cuenta que para acceder al Régimen Simplificado, en carácter de excepción respecto a 2024, se tendrán por cumplidos cuando los pequeños contribuyentes hubieran abonado el impuesto integrado y las cotizaciones previsionales de al menos 10 (DIEZ) períodos mensuales. Las disposiciones de esta resolución general entrarán en vigencia el día de su publicación en el Boletín Oficial.
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