La ley de alquileres modificó el plazo mínimo de contrato que antes era de dos años y ahora es de tres, obligatoriamente. Sin embargo explicó que las extensiones o prórrogas de contrato son legales solo si se mantiene las mismas condiciones del contrato anterior.
“El mercado inmobiliario, para zafar de la obligación legal, inventó las prórrogas”, explicó Gervasio Muñoz, de Inquilinos agrupados. Además, indicó que si se firma una extensión con un precio superior al que se pagaba, ya se trata de un nuevo contrato.
Por otra parte, si el inquilino está en tenencia de la casa puede renunciar al plazo. “Una vez que firmaste el contrato de alquiler por tres años, pueden rescindir antes de tiempo”, añadió el delegado.