El fabuloso lanzamiento de ANSES que beneficia a muchas personas

La Administración Nacional de la Seguridad Social realizó un importante anuncio.

La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) entrega los haberes de diciembre. A la par anunció una importante novedad que beneficia a un grupo importante de personas. Se trata de un nuevo plan de pagos para empleadores rurales.

El organismo previsional que dirige Osvaldo Giordano explica que través de un texto oficial, se estableció el marco para que los empleadores rurales puedan cancelar sus deudas de la seguridad social con el RENATRE. La resolución entra en vigencia el 1 de enero de 2024 y deroga toda otra normativa que se oponga a la misma.

Por otra parte, ANSES recuerda que en enero la Asignación Universal por Hijo (AUH) duplicará su monto y la Tarjeta Alimentar aumentará su monto un 50%. Esta es una de las tantas medidas económicas que anunció el gobierno nacional para contener a los sectores más vulnerables.

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Qué es el plan de pagos para empleadores rurales

A través de la Resolución 5192/2023 del Registro Nacional de Trabajadores Rurales y Empleadores (RENATRE), publicado en el Boletín Oficial, se estableció un plan de facilidades de pago de deudas de la seguridad social para empleadores rurales.

La normativa establece que el plan estará disponible para empleadores rurales de todo el país y que comprende las siguientes deudas:

  • Deuda por contribución mensual
  • Deuda determinada de oficio por contribución mensual
  • Deuda determinada por infracción
  • Deuda en concepto de juicios por ejecución fiscal

Requisitos para acceder al plan

Para acceder al plan, los empleadores deberán cumplir con los siguientes requisitos:

  • Estar registrados en el RENATRE
  • No estar comprendidos en algunos indicadores, presunciones y/o denuncias sobre explotación, trata de personas y/o trabajo infantil
  • No haber sido detectados con trabajo informal en sus establecimientos
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Condiciones de pagos del plan

  • Pago único: con una quita del 50% sobre los intereses resarcitorios
  • Pago en dos cuotas: con una quita del 40% sobre los intereses resarcitorios
  • Pago en tres cuotas: con una quita del 30% sobre los intereses resarcitorios