A partir del 3 de enero, primer día hábil del año, ya se puede solicitar a la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) la devolución de la percepción del 35% previsto por la Resolución General 4815/2020 por operaciones en dólares realizadas entre el 1° de enero de 2021 y el 31 de diciembre de 2021.
Desde el organismo que conduce Mercedes Marcó del Pont recuerdan que no se podrá realizar la devolución del Impuesto PAIS (30%), ya que es considerado un gasto.
Las operaciones que sí se incluyen son la compra de dólar ahorro, compras con tarjetas de crédito y compra en moneda extranjera que se pague en pesos, adquisición de servicios en el exterior a través de agencias de turismo y adquisición de pasajes al exterior, entre otras.
Dólar ahorro: cuáles son los requisitos para solicitar la devolución
- No estar inscripto ni ser alcanzado por el impuesto a las ganancias
- No estar inscripto ni ser alcanzado por el impuesto sobre los bienes personales
- Trabajar en relación de dependencia y no ser pasible de sufrir retenciones del impuesto a las ganancias por parte del empleador
- Poseer CUIT
- Poseer Clave Fiscal nivel 2 o superior
- Informar a la AFIP la CBU de acreditación de los fondos
- Tener constituido el Domicilio Fiscal Electrónico
Cómo pedir la devolución del 35% que retuvo la AFIP durante 2021
- Ingresar al servicio Devolución de Percepciones AFIP con Clave Fiscal
- Allí, en el apartado "Mis Retenciones", se encontrarán precargadas las percepciones practicadas en 2021, debidamente informadas por los agentes de percepción a la AFIP. Si no estuvieren, deberán cargarse, aunque eso ralentizará el trámite porque deberán ser fiscalizadas por el organismo.
- El trámite de devolución es por cada mes en que se practicaron percepciones.
- A través del servicio "Devolución de Percepciones" es posible seguir el trámite hasta su culminación.
- Una vez aprobadas las solicitudes, el monto será transferido a la cuenta bancaria informada a la AFIP. El plazo es de 60 días hábiles administrativos