Uno de los puntos que mas dudas genera la Ley de Alquileres es la actualización del precio del alquiler. Está claro que tiene que ser solo una vez al año y regirse por el índice oficial que publica el Banco Central. Pero antes de la segunda actualización que tendrá lugar en julio, hay un detalle clave a tener en cuenta: el aumento no es acumulativo.
Clave para inquilinos: hay que tener en claro que los aumentos no son acumulativos
Uno de los puntos que mas dudas genera la Ley de Alquileres es la actualización del precio del alquiler.
¿Qué significa que no es acumulativo? Un ejemplo: si el alquiler era de $10.000 y en la primera actualización tuviste un incremento del 50% y en la segunda otro incremento de 50%, no significa que pasas a pagar $22.500. Es decir que no se aplica el 50% sobre $10.000 y luego el otro 50% sobre los $15.000 resultantes.
El cálculo correcto es aplicar un aumento del 50% sobre $10.000 y el otro 50% también sobre los $10.000 originales. Entonces, el primer incremento es de $5.000 y el segundo de $5.000, dando un total tras las dos actualizaciones de $20.000.
Ante cualquier duda se puede consultar en el sitio indicecontratoalquiler.com.ar. Poniendo el precio inicial, allí se calculará cuál es el nuevo precio del alquiler a pagar.
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