El Banco Central de la República Argentina (BCRA) dio otro paso rumbo a la flexibilización del cepo cambiario: determinó incrementar de 15 hasta 180 días, el plazo para liquidar los dólares procedentes de las exportaciones de bienes y servicios más los fondos provenientes de la deuda en el exterior.
El organismo que preside Santiago Bausili oficializó la medida a través de la Comunicación A 8137, que ya fue remitida a las entidades financieras, y se suma a otras decisiones tomadas por el equipo económico en los últimos meses, con el objetivo de levantar ciertas capas del cepo. El propio Luis Caputo, ministro de Economía, anunció que el cepo será levantado en 2025.
La norma amplía los plazos obligatorios para liquidar sus divisas en el mercado oficial. Hasta ahora, en el caso de exportaciones de bienes, existía un plazo de ingreso de la moneda extranjera entre 15 y 180 días corridos (según la posición arancelaria de la que se trate), que se contabilizaban desde la fecha de embarque de la mercadería. Mientras que las exportaciones que se concretan en el marco del régimen Exporta simple se extendía a 365 días corridos.
Si el exportador cobra su venta al exterior, cuenta actualmente con un plazo de 5 días hábiles para su ingreso y liquidación, siempre sujeto al cumplimiento del plazo que corresponda por posición arancelaria. Este plazo se amplía a 20 días hábiles, informó Ámbito.