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ARCA ofrece un reintegro especial para monotributistas que alquilen: de qué se trata

Este tipo de medidas refuerza la relación entre el organismo y los contribuyentes, generando expectativas sobre los requisitos y el alcance del beneficio.

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  • La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) lanzó una nueva medida destinada a acompañar a los monotributistas, con un beneficio que promete aliviar los gastos vinculados al alquiler. La propuesta busca ofrecer un incentivo económico en un contexto donde el costo de la vivienda representa una de las principales preocupaciones para trabajadores y emprendedores independientes.

    El anuncio despertó el interés de muchos, especialmente entre quienes desarrollan su actividad dentro del régimen simplificado y deben afrontar gastos fijos mes a mes. Con esta propuesta, ARCA busca ofrecer un alivio concreto a quienes sostienen su actividad de manera autónoma, incentivando al mismo tiempo el cumplimiento regular de sus obligaciones fiscales.

    Cómo acceder al 100% de reintegro para el monotributo de ARCA

    Los monotributistas podrán acceder a una bonificación del 100% en la cuota mensual del monotributo, según una nueva medida que busca impulsar la formalización de los contratos de alquiler y mejorar la transparencia fiscal dentro del sector. Esta iniciativa apunta a aliviar la carga tributaria de los pequeños contribuyentes que operan en el rubro inmobiliario y fomentar la regularización de las operaciones.

    Además de este beneficio, los inscriptos en el régimen podrán eximirse del impuesto sobre las transacciones bancarias por los ingresos provenientes de alquileres y deducir un 10% anual en el Impuesto a las Ganancias, lo que representa un incentivo adicional para cumplir con las obligaciones fiscales de manera formal.

    Para acceder a la bonificación total, los monotributistas deberán cumplir ciertas condiciones: registrar sus contratos de alquiler en el Registro de Locaciones de Inmueble (RELI) dentro de los 15 días posteriores a la firma, estar inscriptos en la actividad de alquileres, no poseer más de tres propiedades y no exceder los ingresos máximos de la categoría K del régimen simplificado.

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