ANSES paga $19.824 a matrimonios hasta el 10 de febrero y por única vez: quiénes pueden acceder y cómo solicitarlo

La administración dirigida por Fernanda Raverta otorga el beneficio para titulares de asignaciones familiares compuestas por trabajadores en blanco y monotributistas. Enterate qué documentación debés presentar.

La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES), encabezada por Fernanda Raverta, anunció un beneficio para los titulares de asignaciones familiares que se componen por trabajadores en blanco y monotributistas, entre otros titulares de bajos ingresos, pueden acceder al pago único de Asignación por Matrimonio de $19.824, es decir $9.912 cada uno.

Ya sin el pago de un nuevo bono extraordinario del Ingreso Familiar de Emergencia (IFE 4), ANSES otorga 3 beneficios a las Asignaciones Familiares. Los titulares de la Asignación Universal por Hijo (AUH) comenzaron a cobrar esta semana los haberes correspondientes de febrero más el monto de la Tarjeta Alimentar y, en caso de corresponder, acceden al bono de $5.000.

Por su parte, los beneficiarios de la Asignación Universal por Hijo (AUH) podrán percibir tanto la APU por nacimiento como por adopción, pero no así la APU por matrimonio tras la sanción del Plan 1000 días de Anses.

ANSES: quiénes pueden acceder a la Asignación por Matrimonio

  • Trabajadores registrados (SUAF) que cobran Asignación Familiar.

  • Titulares de la Prestación por Desempleo.

  • Titulares de la prestación de una Aseguradora de Riesgos del Trabajo.

  • Trabajadores de temporada.

  • Titulares de la Pensión Honorífica de Veteranos de Guerra del Atlántico Sur.

Asignación por Matrimonio de ANSES: cómo solicitarlo

El trámite se realiza a través de la presentación de documentación mediante el sistema de Atención Virtual de ANSES, en la página web oficial de la administración.

Asignación por Matrimonio de ANSES: cuál es la documentación requerida

Documentación requerida:

  • Certificado de matrimonio.
  • Documento nacional de identidad del cónyuge.
  • Cuando se trate de segundo o posterior matrimonio: deberá acreditarse el divorcio con la Sentencia respectiva. En los casos de divorcio en el extranjero se requerirá la documentación en iguales condiciones que para acreditar el matrimonio.
  • En caso de corresponder adjuntar defunción de anterior cónyuge

Asignación por Matrimonio: fecha de pago

  • 1° quincena: del 04/02 al 10/03
  • 2° quincena: del 21/02 al 10/03