El Gobierno reglamentó los primeros cambios al sistema de emisión del Certificado Único de Discapacidad (CUD) sin vencimiento implementados en enero y fijó los criterios para su otorgamiento.
El Ejecutivo reglamentó los cambios del sistema de entregas de credenciales. Cuáles son los requisitos.
El Gobierno reglamentó los primeros cambios al sistema de emisión del Certificado Único de Discapacidad (CUD) sin vencimiento implementados en enero y fijó los criterios para su otorgamiento.
A través de la Resolución 1654/2024 de la Agencia Nacional de Discapacidad (ANDIS), publicada este martes en el Boletín Oficial, el Ejecutivo estableció los requisitos para entregar el documento.
"Para garantizar que las personas con discapacidad tengan pleno acceso a sus derechos, es fundamental simplificar y desburocratizar los trámites, proporcionando transparencia en los procedimientos de certificación, y asegurando el acompañamiento permanente del Estado, incluyendo la actualización sistemática de datos de personas certificadas, para un seguimiento continuo y adecuado de sus necesidades y sus derechos", define la norma.
Además, en el anexo de la normativa se especifica que "se podrá solicitar la actualización del CUD cuando se produzca un cambio en el perfil de funcionamiento de la persona con discapacidad que impida su participación plena y efectiva en la sociedad en igualdad de condiciones con las demás".
Cualquier persona con una alteración funcional, permanente, transitoria o prolongada, física, sensorial o mental, que implique desventajas considerables para su adecuada integración familiar, social o laboral puede pedir el CUD. Esa alteración puede estar vinculada a distintas áreas: