El Ente Regulador Nacional de la Electricidad (ENRE) aseguró este lunes que el 93,87% de usuarios del AMBA que realizaron reclamos por cortes de luz prolongados y/o reiterados durante el primer cuatrimestre de 2023 serán recibirán reintegros de las distribuidoras Edenor y Edesur en las próximas facturas.
El ENRE aseguró que el 94% de los usuarios afectados por cortes de luz cobrarán reintegros
"Desde el Ente Regulador aplicamos las herramientas contempladas en el marco regulatorio para que quienes hayan estado afectados por cortes, tengan un resarcimiento económico", informó el interventor de ENRE, Walter Martello.
“Las empresas distribuidoras tienen la obligación de garantizar la calidad del servicio esencial que prestan a las personas usuarias, lo cual incluye la no interrupción del suministro eléctrico”, informó el interventor de ENRE, Walter Martello.
“Desde el Ente Regulador aplicamos las herramientas contempladas en el marco regulatorio para que quienes hayan estado afectados por cortes, tengan un resarcimiento económico”, agregó Martello, quien explicó que las distribuidoras deberán pagar bonificaciones por un monto total de $ 128 millones en las próximas facturas.
Qué son los cortes prolongados y reiterados
Los cortes de suministro eléctrico prolongados son aquellos en los que el servicio se interrumpe continuamente durante 36 horas o más; y son cortes reiterados si ocurren cuatro o más interrupciones del suministro eléctrico en un mismo mes calendario. La empresa deberá efectuar un reintegro en la factura por la energía no suministrada.
Cómo realizar un reclamo
Para reclamar por cortes prolongados o cortes reiterados del suministro eléctrico en el AMBA, es necesario completar el formulario que se encuentra en la página del ENRE: https://www.argentina.gob.ar/enre/reclamo-cortes-prolongadosreiterados-edenor-edesur.
Para ello, se requerirá el número de reclamo realizado ante la empresa, datos que figuran en la factura del servicio, una nota firmada donde conste la fecha y hora de inicio y finalización de el o los cortes y, en el caso de que el servicio no figure a nombre de la persona usuaria, una copia del título de propiedad o del contrato de alquiler, o bien de un servicio o del DNI, donde conste el domicilio.
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