El Ministerio de Seguridad reglamentó el uso de las armas no letales en las fuerzas federales para la captura de agresores. Lo hizo mediante la resolución 70/2024 publicada este viernes en el Boletín Oficial donde detalló cuales son las armamentos permitidos y aclara que su uso será “para la inmovilización o incapacitación de agresores siempre que lo tuvieran provisto”.
Se reglamentó el uso de armas no letales en las fuerzas para la captura agresores
Mediante la resolución 704/2024, el Ministerio de Seguridad estableció que los efectivos federales podrán utilizar el armamento "para la inmovilización o incapacitación de agresores siempre que lo tuvieran provisto".
“Los funcionarios de las Fuerzas Policiales y de Seguridad Federales utilizarán armamento no letal para la inmovilización o incapacitación de agresores siempre que lo tuvieran provisto y cumplieran los requisitos de este Reglamento, en aquellas circunstancias en las que la utilización de un arma letal excediera la necesidad derivada de la amenaza o pudiera generar un riesgo de vida o de lesiones para terceras personas presentes en el lugar”, expresa el artículo 1º de la resolución.
Además, desde la cartera a cargo de la ministra Patricia Bullrich, se dispuso que los distintos integrantes de las fuerzas federal sean capacitados de manera especial, necesario para la autorización del uso de este tipo de armamento.
Cuáles son las armas no letales reglamentadas
En lo que refiere al armamento no letal habilitado se encuentran:
- Las pistolas que inmovilizan al objetivo mediante descargas eléctricas no letales.
- Las pistolas que disparan municiones con substancias irritantes u otros productos químicos no letales.
- Los artefactos eléctricos específicos para uso policial que provocan descargas no letales.
- Los gases paralizantes.
- Cualquier otro armamento no letal aprobado conforme a la reglamentación y que cumpliera los mismos fines
En la resolución se aclara que “los funcionarios de las Fuerzas Policiales y de Seguridad Federales deberán identificarse como tales a viva voz, advirtiendo su inmediata intervención, salvo que dicha manifestación pueda suponer un riesgo de muerte o lesiones para terceras personas, para el agresor, o para el personal de las Fuerzas Policiales y de Seguridad Federales o cuando ello resultare evidentemente inadecuado o inútil, dadas las circunstancias del caso”.
últimas noticias
Publicaron una foto de Bruce Willis en medio de su delicado momento de salud: "Generaciones de amor"
Hace 15 minutosEl reconocido actor que se defendió de las críticas por tener una novia 44 años menor que él
Hace 18 minutosConfirmado: un integrante de uno de los programas más vistos de El Trece anunció su salida
Hace 29 minutosVideo: así fue la reacción de la producción de Luzu TV al gol de Lionel Messi contra Austria
Hace 31 minutosMessi histórico: es el máximo goleador de los Mundiales
Hace 39 minutos