Oficializaron las dependencias que tendrá a cargo Karina Milei como secretaria general de Presidencia

La nueva normativa se publicó a través del Decreto 5/2024 del Boletín Oficial. Además, la funcionaria deberá cumplir con 19 objetivos.

La hermana del Presidente tendrá a su cargo la Unidad Gabinete de Asesores, las subsecretarías de Coordinación Administrativa, de Gestión Institucional, de Planificación General y de Asuntos Presidenciales, y la Casa Militar.

Así se explicitó este miércoles a través del Decreto 5/2024 del Boletín Oficial, de la mano con el rediseño del organigrama del Gobierno.

Karina Milei

El decreto lleva la firma del jefe de Estado y de Nicolás Posse, el jefe de Gabinete. Cabe destacar que se incluyó un anexo de 19 objetivos que "El Jefe" deberá cumplir en su nuevo rol de funcionaria.

  • Asistir en forma directa al Poder Ejecutivo Nacional en las atribuciones que le asigna el artículo 99 de la Constitución Nacional, en lo relativo a las actividades de su competencia.
  • Intervenir en el seguimiento y la verificación del cumplimiento de las directivas emanadas de la Presidencia y realizar las tareas especiales que le encomiende.
  • Asesorar a la Presidencia sobre el diseño y actualización de la política del Poder Ejecutivo Nacional en el contexto de la realidad mundial y nacional, así como también en materia de consolidación del proceso democrático.
  • Participar con el Poder Ejecutivo Nacional en el diseño de políticas públicas y en la relación con organizaciones y sectores representativos de la comunidad.
  • Entender en la supervisión del cumplimiento de los objetivos y metas establecidos por el Poder Ejecutivo Nacional.
  • Participar en la elaboración del mensaje del Presidente al Congreso sobre el estado de la Nación.
  • Intervenir en el seguimiento de los temas que sean considerados prioritarios por la Presidencia, informando su desarrollo y resultado.
  • Coordinar el análisis, desde el punto de vista político, de todas las disposiciones que sean sometidas a consideración del Poder Ejecutivo Nacional.
  • Intervenir en la coordinación de sus tareas con las de las distintas secretarías de la Presidencia, con las de la Jefatura de Gabinete y con las de las jurisdicciones ministeriales, con el objeto de optimizar el resultado de la acción de gobierno.
  • Entender en la coordinación de las relaciones entre el Poder Ejecutivo Nacional y la Sindicatura General de la Nación.
  • Administrar y ejecutar el Presupuesto de la jurisdicción y de los organismos a los que preste asistencia.
  • Participar en la asistencia en materia presupuestaria a las áreas presidenciales de su propia jurisdicción, a las que no cuenten con servicio administrativo financiero propio y a los organismos a los que preste asistencia.
  • Conducir los aspectos logísticos y administrativos, como así también la asistencia presupuestaria para los viajes del Presidente y las comitivas oficiales que lo acompañen.
  • Entender en la administración de los recursos humanos, materiales, tecnológicos, de comunicaciones, financieros y legales afectados a la órbita de la jurisdicción, así como también a las que no cuenten con servicio administrativo financiero propio y a los organismos a los que preste asistencia.
  • Entender en el resguardo y preservación del patrimonio edilicio, cultural e histórico de la Casa de Gobierno, la Residencia Presidencial de la Quinta de Olivos y la Residencia Presidencial de Chapadmalal, con el fin de preservar la memoria histórica y cultural de la investidura presidencial.
  • Entender en la asistencia al titular del Poder Ejecutivo Nacional en todo lo concerniente al ceremonial, protocolo, audiencias y designación de comitivas y asuntos de índole privada, requiriendo de los organismos pertinentes la colaboración necesaria para el cumplimiento de sus funciones.
  • Entender en la organización y logística de los eventos nacionales e internacionales en los que la Presidencia intervenga, que se realicen en territorio nacional y en el exterior, en coordinación con las áreas competentes en la materia de la Administración Pública Nacional.
  • Entender en la implementación del Programa de Cobertura Médica Presidencial y coordinar las acciones logísticas y operativas pertinentes para el resguardo de la salud del Presidente.
  • Ejercer el control tutelar de los organismos descentralizados actuantes en su órbita.
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