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El Gobierno reglamentó la tenencia de silenciadores y miras nocturnas para armas: los requisitos para registrarlos

La medida también establece nuevos procedimientos para armas heredadas y criterios para solicitar la portación de armas de guerra.

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  • El Gobierno reglamentó las nuevas condiciones para la tenencia, registración y utilización de silenciadores, moderadores de sonido y miras nocturnas para armas de fuego, que podrán ser registradas por usuarios civiles para su posesión.

    La medida, oficializada mediante la Resolución 48/2026 del Registro Nacional de Armas (RENAR) publicada en el Boletín Oficial de este jueves con la firma de su titular, Juan Pablo Allan.

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