El Gobierno nacional implementó cambios significativos en la ley que regula los derechos de las personas en situación de calle, con los que limita su intervención directa y delega la responsabilidad de la ejecución de políticas sociales en provincias y municipios.
El Gobierno limita su intervención en asistencia a personas en situación de calle y la delega en las provincias
El Poder Ejecutivo se desliga de la responsabilidad y reduce su rol a "órgano rector" a través de la aprobación de directrices y lineamientos generales aduciendo, entre otras cosas, diferencias regionales en la problemática social.
La medida se implementó a través del Decreto 373/2025, publicado este lunes en el Boletín Oficial con las firmas del presidente Javier Milei, el jefe de Gabinete, Guillermo Francos, y la ministra de Capital Humano, Sandra Pettovello.
El texto redefine el alcance de la Ley 27.654, sancionada originalmente para garantizar el acceso a la vivienda y la protección de quienes están en riesgo de perderla.
La norma reduce la participación del Poder Ejecutivo nacional a "órgano rector" a través de la aprobación de directrices y lineamientos generales, mientras que su rol en la asistencia directa quedará supeditado a situaciones en las que las capacidades técnicas, humanas o financieras de las provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires sean insuficientes.
La nueva autoridad de aplicación será la Secretaría Nacional de Niñez, Adolescencia y Familia, dependiente del Ministerio de Capital Humano. Este organismo tendrá la tarea de coordinar acciones entre jurisdicciones y monitorear el uso de los fondos transferidos en caso de asistencia nacional.
El decreto subraya que las realidades locales varían según la región: mientras algunas zonas enfrentan problemas por alta densidad poblacional, otras tienen dificultades relacionadas con la precariedad habitacional o la movilidad de trabajadores migrantes. Ese es uno de los argumentos para que cada provincia y municipio diseñe sus propias estrategias de intervención, siempre que respeten los estándares mínimos establecidos por la Constitución Nacional y los tratados internacionales de derechos humanos.
El texto también deroga el inciso a) del artículo 12 de la ley original, que obligaba a mantener o integrar todos los programas preexistentes sin permitir su revisión o reducción. Según el Gobierno, esa obligación limitaba la capacidad de rediseñar políticas y reasignar recursos de forma más eficiente.
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