La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) otorga muchos beneficios, aunque en este caso resalta uno que es de carácter vitalicio: se trata de la Pensión para los familiares del personal de salud, fuerzas armadas, de seguridad y otros, fallecidos por COVID-19. El beneficio se establece por la Ley N° 27.549.
Para poder acceder como beneficiario, a quienes les corresponda podrán hacer el trámite de manera presencial en las oficinas de ANSES o de manera virtual, donde deberán cumplir ciertos requisitos y luego presentar la documentación necesaria.
Pensión de ANSES por Covid-19: los detalles
La pensión consiste en un pago mensual, de carácter vitalicio, para los familiares de trabajadoras y trabajadores esenciales que hayan fallecido como consecuencia del COVID-19 (Ley N° 27.549). El monto será el equivalente a 2 haberes jubilatorios mínimos (en agosto $75.000) y vale destacar que la pensión no es compatible con otra prestación no contributiva.
ANSES: cuáles son los requisitos para acceder a la pensión por Covid-19
Para ser beneficiario de la pensión, en primer lugar habrá requisitos del fallecido mientras que luego dependerá del vínculo con el mismo:
Trabajador o trabajadora esencial fallecido/a:
- Haber fallecido entre el 1 de marzo y el 30 de septiembre de 2020 como consecuencia del COVID-19.
- Haberse desempeñado tareas presenciales durante el período 01/03/2020 y el 30/09/2020 dentro de algunos de los siguientes rubros:
- Personal de los sistemas de salud pública y privada
- Personal de las Fuerzas Armadas
- Personal de las Fuerzas de Seguridad
- Personal de la Actividad Migratoria
- Personal de la Actividad Aduanera
- Bomberos
- Recolectores de residuos domiciliarios
- Recolectores de residuos patogénicos
Cónyuge de la trabajadora o trabajador fallecida/o:
- Partida de matrimonio actualizada (posterior a la fecha de fallecimiento).
Conviviente de la trabajadora o trabajador fallecida/o:
- Unión convivencial
- acreditar cinco años de convivencia anteriores e inmediatos a la fecha del fallecimiento. Ese plazo se reduce a 2 años en caso de haber tenido un hijo en común y reconocido por ambos.
Hijas/os de la trabajadora o trabajador fallecida/o:
- Hijas/os solteras/os hasta los 21 años de edad.
- Hijas/os solteras/os hasta los 25 años, si a la fecha del fallecimiento recibían pago por alimentos (art. 663 del CC).
- Hijas/os solteras/os cuando sus capacidades se encontraran restringidas a la fecha de fallecimiento del causante sin límite de edad, mientras dure esa restricción.
- Hijos/as solteros/as, viudos/as y divorciados/as sin límite de edad, a cargo del causante, que se encontraran:
- Con incapacidad para trabajar a la fecha del fallecimiento del causante.
- En un estado comprobado de necesidad ocasionado por la escasez o carencia de recursos personales a la fecha en que cumplieran 18 años de edad.
En todos los casos, se debe presentar:
- Certificado de defunción donde conste que la causa del fallecimiento fue por haber contraído COVID-19.
- Constancia de la empleadora o empleador manifestando que se encontraba desempeñando tareas presenciales durante el período 01/03/2020 y el 30/09/2020.
Pensión de ANSES por Covid-19: quiénes pueden acceder
El beneficio está destinada a cónyuges, convivientes e hijas/os de trabajadoras y trabajadores esenciales que hayan fallecido durante el ejercicio de sus tareas como consecuencia del COVID-19.
Pensión de ANSES por Covid-19:: cómo inscribirse online
Para realizar el trámite online, en primer lugar se deberá acceder a la Atención Virtual de ANSES, donde ingresarás con CUIL y Clave de Seguridad Social. Una vez allí podrás seleccionar “Iniciar atención” donde deberás elegir la opción "Asistencia para inicio de Pensión COVID Ley 27549".
Pensión de ANSES por Covid-19:: cómo hacer el trámite presencial
En caso de hacer el trámite en las oficinas de ANSES, deberás presentar la siguiente documentación:
- DNI de quien solicita la pensión.
- Partida de defunción del jubilado o pensionado.
- Factura de la funeraria a nombre del solicitante de la asignación.