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Monotributo: los cinco errores más comunes a la hora de emitir una factura electrónica

El abogado laboralista Juan Pablo Chiesa te cuenta cómo solucionar los problemas más habituales que se encuentran los monotributistas a la hora de facturar a través de la página de AFIP.

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  • Los trámites del monotributo suelen ser engorrosos y confusos, especialmente a la hora de facturar. Juan Pablo Chiesa, abogado laboralista y tributario, te explica cuáles son los cinco errores más comunes y, más importante, cómo prevenirlos o solucionarlos.

    Los monotributistas emiten factura electrónica mediante la página de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), con la clave fiscal en la opción "Comprobantes en línea". Allí se debe colocar el punto de venta, que son los cuatro números a la izquierda de la factura, y el tipo de comprobante, que siempre es de "tipo C".

    Luego, se tienen que colocar los conceptos. Son tres:

    Los 5 errores más comunes a la hora de emitir una factura electrónica

    1. Facturas retroactivas: si son servicios, se pueden realizar hasta 10 días para atrás. Si son productos, solo 5. Se recomienda hacer un seguimiento exhaustivo y llevar un control en una planilla, ya que después no se podrá emitir hacia atrás.
    2. Facturas en período correspondiente: AFIP toma el período devengado, es decir, la fecha en la que se incurrió el gasto. Por ejemplo: puede emitir en abril, pero poner como período entre el 1° de marzo y el 30 de marzo. Cuando justo cambia el mes de recategorización, se puede expulsar o cambiar directamente de categoría.
    3. Fallas de conectividad o del sistema: ya sea que se use un "enlatado" o público de AFIP, puede haber un problema de software que no conecta la factura emitida. En este caso, hay que entrarla de forma manual o AFIP puede tomar un exceso de facturación.
    4. Datos de la factura: nombre del cliente, número de CUIT, fecha, comprobantes... Todo debe ser tenido en cuenta, ya que la ley no permite anular. Si se omite alguno de estos datos, hay que hacer una nota de crédito para, luego, hacer la factura de nuevo.
    5. Factura C o factura B: si uno emite una factura B, no se discrimina el IVA, por lo que no está contemplado y puede ser descargado.

    Un último tip: todo lo que se emite debe estar respaldado en un banco.

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