La Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses) prepara el calendario de febrero. Además, dio a conocer cuáles son los tipos de trámites que pueden realizar aquellas personas que sean apoderadas tanto de jubilados como de pensionados.
El organismo previsional que está a cargo de Mariano de los Heros detalla que muchas veces, estos titulares deben realizar una innumerable cantidad de trámites para poder cobrar sus haberes mes a mes, o simplemente para realizar actualizaciones en el sistema necesarios para que la entidad mantenga cierto control de las prestaciones.
Por eso, está habilitada la opción de designar un apoderado. Este trámite facilita el acceso a los beneficios del sistema previsional y que, por diferentes motivos, no pudieron gestionar sus beneficios directamente, especialmente en casos de imposibilidad de movilización.
Jubilados Administración Nacional de la Seguridad Social
Los adultos mayores que reciben sus haberes a través de la Administración Nacional de la Seguridad Social pueden acceder a este préstamo.
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Quiénes pueden ser un apoderado ante ANSES
Los jubilados o pensionados que necesiten contar con un representante para hacer trámites, podrán elegir entre:
- Familiares: cónyuge, conviviente previsional, padres, abuelos, bisabuelos, hijos, nietos, bisnietos, tíos, primos, hermanos, sobrinos, yernos, nueras, padrastros, suegros, hijastros, cuñados.
- Tutores o curadores.
- Abogados y gestores registrados en ANSES.
- Representantes diplomáticos o consulares.
En cambio, quienes solo lo necesiten para el cobro:
- Familiares: cónyuge, conviviente previsional, padres, abuelos, bisabuelos, hijos, nietos, bisnietos, tíos, primos, hermanos, sobrinos, yernos, nueras, padrastros, suegros, hijastros, cuñados.
- Un banco para cobro de la jubilación o pensión si residís en el exterior. El banco debe contar con la opción “giro al exterior”. Las entidades habilitadas son: Banco de la Nación Argentina, Banco de la Ciudad de Buenos Aires, Patagonia S.A., Credicoop Cooperativo Ltdo., Banco Piano S.A., Banco Comafi S.A. y Banco Macro BMA.
- Entidades públicas nacionales, provinciales o municipales.
- Directores o administradores de hospitales, sanatorios, asilos o establecimientos similares públicos o privados para cobrar por personas internadas en la institución.
- Representantes especiales por tiempo determinado cuando una persona se encuentre imposibilitada para movilizarse.
- Mutuales e instituciones de asistencia social.
- Abogados y procuradores con poder certificado ante escribano.
Qué trámites pueden hacer los apoderados ante ANSES
El apoderado designado para representar a un jubilado frente a Anses podrá hacer todos los trámites que hacía el titular, incluyendo modificación de datos personales y reclamos.
Además, en caso de ser necesario por dificultades en la movilidad, también se podrán retirar los haberes depositados todos los meses.
El único procedimiento que está totalmente prohibido para apoderados, es sacar un Crédito Anses.
Jubilados Administración Nacional de Seguridad Social.
La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) sigue con el proceso de pago de los haberes correspondientes al mes de agosto para todos los jubilados y pensionados.
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Cómo presentar un apoderado en ANSES
Aquellas personas que quieran ser apoderadas de otra, deberán presentar los siguientes documentos en una oficina de Anses:
- DNI del titular y de la persona elegida como apoderado (original y copia).
- Para cónyuges: Acta/certificado de matrimonio en original y copia.
- Para conviviente previsional: Tener acreditada la relación como conviviente previsional
- Para familiares: Documentación que demuestre el parentesco (partidas de nacimiento, DNI).
- Para bancos: Formulario PS 6.4 - Carta Poder, firmado y sellado por la autoridad bancaria.
- Para tutor/medida de abrigo: Sentencia judicial original y copia donde surja su nombramiento como representante legal.
- Para curador/apoyo: Sentencia judicial original y copia donde surja su nombramiento como curador y en la que se otorgue autorización para el cobro de jubilaciones o pensiones.
- Para abogados: Credencial vigente.