Compre sin IVA: los bancos normalizarán los reintegros a partir del viernes

A partir de las próximas horas, los ciudadanos comenzarán a recibir la devolución del 21% en sus cuentas bancarias.

Los listados, con los datos de la CUIT de los beneficiarios, llegaron a los bancos y entidades procesadoras para que puedan relacionar las cuentas bancarias con las claves y la titularidad de billeteras virtuales adheridas.

La iniciativa oficial contempla a los empleados en relación de dependencia, con salarios inferiores a los $708.000; a los monotributistas, jubilados y beneficiarios de planes sociales. Así, estarán en condiciones de recibir el beneficio más de 21 millones de beneficiarios.

"Hay algunas demoras en los reintegros, ya que pasaron las 48 horas. En la primera semana, el Gobierno adelantó que podía haber demoras. Están previendo que se va a regularizar a partir del viernes y la semana que viene", explicó el periodista Andrés Lerner en Minuto Uno.

Compre sin IVA: más de 335 mil Cuenta DNI recibieron el reintegro

Más de 335.000 personas usuarias de la billetera digital Cuenta DNI y de tarjetas de débito de Banco Provincia de Buenos Aires ya recibieron en sus cajas de ahorros la devolución del 21% prevista por el programa "Compre sin IVA" del Gobierno nacional. Según se indicó se trata de compras realizadas el 18 y 19 de septiembre que suman $611 millones.

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¿Qué es el programa "Compre sin IVA"?

El programa "Compre sin IVA" es un régimen de reintegros del 21% en compras realizadas en comercios minoristas y/o mayoristas, con un límite de hasta $18.800.

¿Cómo se aplica este beneficio?

El beneficio se aplica a las compras que se abonen con tarjetas de débito, débito en cuenta o transferencias inmediatas a través de códigos QR, asociadas a cuentas abiertas en entidades financieras.

¿Quiénes pueden beneficiarse de este régimen de reintegros?

Pueden beneficiarse del régimen de reintegros las personas que perciban alguno de los siguientes conceptos, que no son excluyentes entre sí:

  • Jubilados, beneficiarios de pensiones por fallecimiento y no contributivas nacionales.

  • Beneficiarios de asignaciones universales por hijo para protección social.

  • Beneficiarios de asignaciones por embarazo para protección social.

  • Trabajadores en relación de dependencia, con ingresos mensuales que no superen seis veces el Salario Mínimo, Vital y Móvil.

  • Personal de Casas Particulares.

  • Monotributistas, excepto si obtienen ingresos de ciertas fuentes específicas.
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