Cómo renunciar al subsidio al agua para poder comprar dólares

El Ente Regulador de Agua y Saneamiento compartió el formulario para quienes deseen renunciar a los subsidios para acceder a la compra de moneda extranjera de forma legal.

El Gobierno definió que quienes reciben subsidios a los servicios públicos no pueden comprar dólar ahorro, dólar MEP, Contado con liquidación (CCL) y Cedears. Ante esto, el Ente Regulador de Agua y Saneamiento (ERAS), dependiente del Ministerio de Obras Públicas, compartió el formulario para aquellas personas que deseen renunciar a los subsidios para acceder a la compra de moneda extranjera de forma legal.

Hace algunas semanas, el Director del Banco Central, Agustín D'Attellis, confirmó que "todo aquel que reciba un subsidio del Estado, un esfuerzo del lado del Estado, se quita la posibilidad de acceder al dólar ahorro. Se agregó la imposibilidad de operar en otros canales de acceso al dólar, los canales paralelos pero legales".

Paso a paso: cómo renunciar al subsidio al agua

En el marco de la segmentación de tarifas, el Ente Regulador de Agua y Saneamiento (ERAS) creó el Registro de Mantenimiento de Subsidios.

Para renunciar al subsidio es necesario ingresar allí, a través de la dirección https://subsidios-agua.argentina.gob.ar/renuncia y cargar los datos de la persona que solicitó el beneficio y los datos del hogar que se registró en la solicitud original. Para ello se debe contar con el número de servicio y/o suministro del servicio que se desea dar de baja.

Lo mismo puede hacerse con la luz y el gas, en la web https://subsidios-energia.argentina.gob.ar/consulta/inscripcion/. En este caso también es necesario contar con el número de gestión de la solicitud, el número de documento y el correo electrónico de la persona que cargó originalmente el pedido.

A quiénes les corresponde el subsidio al agua

Según definió la secretaría de Obras Públicas, dependiente del Ministerio de Obras Públicas, podrán mantener la ayuda estatal "aquellos usuarios y usuarias que justifiquen y acrediten mediante declaración jurada no estar en condiciones de afrontar los importes tarifarios resultantes de una reducción del subsidio aplicado". Los requisitos son:

  • Ingresos netos menores a un valor equivalente a dos Canastas Básicas Totales (CBT) para un hogar Tipo 2 según el INDEC
  • Integrante del hogar con Certificado de Vivienda Familiar (ReNaBaP)
  • Domicilio donde funcione un comedor o merendero comunitario registrado en RENACOM
  • Al menos uno o una integrante del hogar posea Pensión Vitalicia de Veteranos de Guerra del Atlántico Sur
  • Al menos uno o una integrante posea certificado de discapacidad expedido por autoridad competente y, considerando a los y las integrantes del hogar en conjunto, tengan un ingreso neto menor a un valor equivalente a tres (3) Canastas Básicas Totales (CBT) para un hogar Tipo 2 según el INDEC
  • No sean propietarios o propietarias de dos o más inmuebles, considerando a los y las integrantes del hogar en conjunto, o
  • No sean propietarios o propietarias de un vehículo de hasta tres años de antigüedad, excepto los hogares donde exista al menos uno o una conviviente con Certificado Único de Discapacidad (CUD). El beneficio definido en el presente artículo tendrá una vigencia de un año desde la fecha de aceptación, pudiéndose renovar bajo las condiciones que fije el ERAS
TEMAS RELACIONADOS