Uno de los puntos que mas dudas genera la Ley de Alquileres es la actualización del precio del alquiler. Está claro que tiene que ser solo una vez al año y regirse por el índice oficial que publica el Banco Central. Pero antes de la segunda actualización que tendrá lugar en julio, hay un detalle clave a tener en cuenta: el aumento no es acumulativo.
¿Qué significa que no es acumulativo? Un ejemplo: si el alquiler era de $10.000 y en la primera actualización tuviste un incremento del 50% y en la segunda otro incremento de 50%, no significa que pasas a pagar $22.500. Es decir que no se aplica el 50% sobre $10.000 y luego el otro 50% sobre los $15.000 resultantes.
El cálculo correcto es aplicar un aumento del 50% sobre $10.000 y el otro 50% también sobre los $10.000 originales. Entonces, el primer incremento es de $5.000 y el segundo de $5.000, dando un total tras las dos actualizaciones de $20.000.
Ante cualquier duda se puede consultar en el sitio indicecontratoalquiler.com.ar. Poniendo el precio inicial, allí se calculará cuál es el nuevo precio del alquiler a pagar.