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ANSES: de cuánto es la jubilación mínima de julio 2024

La Administración Nacional de la Seguridad Social dio a conocer la cifra de esta prestación para el sexto mes del año.

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  • La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) continúa con los pagos de junio. Y frente a la cercanía de julio, se dio a conocer la cifra que cobrarán los jubilados titulares del haber mínimo en el séptimo mes del año.

    Este mes, el organismo previsional que dirige Mariano de los Heros explica que este mes abona el Sueldo Anual Complementario, el aguinaldo, monto que no se volverá a pagar en julio, por lo que la diferencia en la cifra a cobrar será notable.

    Además, y de acuerdo al Gobierno, el bono de $70.000 se seguirá acreditando para que los jubilados alcancen un nuevo tope, equiparando sus ingresos con respecto a los datos inflacionarios de dos meses previos. El último número brindado por el Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC) es de mayo.

    La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) compartió información acerca de los haberes que serán depositados en julio.

    Aumento en la jubilación mínima de ANSES en julio 2024

    El IPC de mayo compartido por el INDEC fue de 4,2%, por lo que el resultado de la cuenta correspondiente indica que el haber mínimo de los jubilados escalará a $215.612 en julio.

    Además, el Gobierno confirmó la continuidad del pago del bono, el cual se mantendrá en $70.000. Con ambos datos, los jubilados del básico cobrarán $285.612.

    La máxima, por otra parte, aumentará de $1.392.450 a $1.450.900. En este caso no se les pagará ningún extra, puesto que sus ingresos superan el tope establecido por el Gobierno (aclarado en el punto anterior).

    Quienes excedan el haber mínimo pero no lleguen al límite estipulado, recibirán un bono proporcional hasta alcanzarlo.

    Jubilados de ANSES: cuándo cobro en julio 2024

    El calendario de pagos se establece según el último número de DNI de los beneficiarios:

    Jubilados que cobran la mínima

    Los jubilados o pensionados de la Administración Nacional de la Seguridad Social, pueden solicitar la revisión de un haber ya otorgado y pedir su reajuste.

    Jubilados que superan la mínima

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