La Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses) continúa con los pagos de enero. Y como confirmó un ajuste para los distintos haberes en febrero, dio a conocer la cifra final que cobrarán los beneficiarios de la Ayuda Escolar Anual el próximo mes.
El organismo previsional dirigido por Mariano de los Heros explicó que si bien la liquidación de esta ayuda se realiza oficialmente en marzo, este ajuste permitirá que las familias reciban un importe actualizado en el primer trimestre del año.
Este beneficio, que busca cubrir gastos escolares como útiles, vestimenta y materiales, tendrá un ajuste del 2,7% en febrero de 2025, según la fórmula de movilidad aplicada a las prestaciones sociales. Además, para acceder al monto, es imprescindible haber cumplido con la presentación de la libreta AUH o el certificado de escolaridad antes de las fechas estipuladas por Anses.
Ayuda Escolar ANSES
Tras el aumento anunciado, quedaron establecidos los requisitos para recibir la ayuda por parte de la Administración Nacional de la Seguridad Social.
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Qué es la Ayuda Escolar de ANSES
La Ayuda Escolar Anual es un beneficio que se otorga una vez al año a familias titulares de asignaciones familiares y universales. Su finalidad es contribuir en los gastos asociados al inicio del ciclo lectivo, como la compra de útiles, indumentaria y materiales esenciales para la educación de niños, niñas y adolescentes.
Además, este beneficio no se acredita automáticamente. Los titulares deben cumplir ciertos requisitos para poder cobrarlo, como presentar el certificado de escolaridad mediante la plataforma Mi Anses o de forma presencial en las oficinas del ente, lo que permite validar la inscripción regular de los beneficiarios.
Monto de la Ayuda Escolar de ANSES en febrero 2025
A partir de febrero, el monto actualizado de la Ayuda Escolar Anual será de $130.701 por hijo. Este valor incluye el ajuste del 2,7% aplicado según el Índice de Precios al Consumidor (IPC) de diciembre 2024.
Quiénes pueden cobrar la Ayuda Escolar de ANSES
Esta ayuda económica está destinada a:
- Titulares de AUH y AUH con discapacidad.
- Titulares de Asignación Familiar por Hijo y por Hijo con Discapacidad.
- Trabajadores registrados incluidos en el SUAF.
- Jubilados y pensionados que perciben asignaciones familiares.