AFIP otorga beneficios para monotributistas que deben pasar al Régimen General

Se trata de casos cuyos ingresos brutos excedieron los límites establecidos o registraron ventas con tarjetas que superaron los máximos previstos. Pueden recategorizarse hasta el 31 de diciembre.

Se trata de personas que están en condiciones de ser excluidas del monotributo ya que, por ejemplo, sus ingresos brutos excedieron los límites establecidos o registraron ventas con tarjetas que superaron los máximos previstos.

Como opción, los afectados pueden optar por convertirse en autónomos de forma voluntaria y así acceder a los beneficios administrativos y la reducción de los costos tributarios que fueron establecidos por la ley de Sostenimiento e Inclusión Fiscal para Pequeños Contribuyentes.

La normativa generó un puente entre el régimen simplificado y el régimen general con la intención de facilitar la transición aliviando la diferencia de la carga tributaria que existe en ambos universos.

Beneficios para monotributistas que deben pasar al régimen general

  • Reducción significativa en la carga tributaria que consiste en créditos fiscales para IVA y gastos deducibles para Ganancias de hasta un 50% del monto tope de ingresos del monotributo.
  • Quienes realicen el cambio hasta el 31 de diciembre de 2021, experimentarán beneficios fiscales adicionales durante tres años. A lo largo de ese período gozarán de una reducción del saldo deudor que surja de la diferencia entre el débito y el crédito fiscal en cada período.