Muchas infracciones que suelen cometer los conductores es por distracción o en varias ocasiones es por desconocimiento de las reglas de tránsito. Y, aunque parezca increíble, un conductor puede ser sancionado con una multa mientras se encuentra en una estación de servicio.
¿Multa en la estación de servicio? Cuál es la infracción que podés cometer y qué monto tiene
No acatar una orden de un playero de una estación de servicio, puede ser sancionado con una multa superior a los 20 mil pesos.
Los playeros exigen a los conductores apagar el motor del vehículo y, en algunos casos, que descienda del mismo. Sin embargo, puede suceder que la persona que maneja se niegue a bajar del auto y, peor aún, que se niegue a apagar el motor. De esta manera, el empleado de la estación de servicio tiene motivos para negarse para realizar la carga, aunque, el conductor también recibirá una multa por la negativa.
De cuánto es la multa por no apagar el auto durante la carga de combustible
No apagar el auto durante la carga de combustible, aun cuando el conductor no abandona su puesto, es motivo de multas que pueden alcanzar los $21.120.
Dónde puedo ver las multas que tiene mi auto
Si sabés que tenés infracciones impagas o querés consultar si tenés alguna que desconocías, el Gobierno cuenta con un espacio para averiguar si tenés infracciones de tránsito sin abonar. Esto se realiza en el marco del Certificado Nacional de Antecedentes de Tránsito y se puede realizar la consulta online a través del sitio https://www.argentina.gob.ar/seguridadvial/licencianacional/infracciones.
Otra alternativa para averiguar si hay multas existentes es por medio de la oficina de la Dirección General de Administración de Infracciones, que únicamente pide DNI o patente del vehículo.
Cuáles son los montos de las multas más frecuentes
- Conducir llevando las puertas abiertas: multa de 100 UF ($21.120 de mínima) a 200 UF ($42.240 de máxima)
- Conducir con tasas de alcoholemia superior a las admisibles: multa de 200 UF ($42.240 de mínima) a 400 UF ($84.480 de máxima)
- No respetar vías o carteles exclusivos: multa de 100 UF ($21.120 de mínima) a 200 UF ($42.240 de máxima)
- Ceder el conductor a otro el control de la dirección: multa de 100 UF ($21.120 de mínima) a 200 UF ($42.240 de máxima)
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