La Corte Suprema de Justicia desestimó un planteo de la defensa y convalidó el avance del juicio oral y público para 18 acusados por el incendio del depósito del barrio de Barracas de la empresa Iron Mountain en el que murieron ocho bomberos y dos rescatistas de Defensa Civil cuando se derrumbó una pared del lugar mientras buscaban apagar el fuego.
Los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti rechazaron por cuestiones formales en su presentación los recursos de las defensas de tres imputados —Eduardo Alfredo Sueyras Parra, Guillermo Lockhart y Matías Marquina— que buscaban que se declarara la prescripción y la violación del plazo razonable en la causa.
Homenaje a las personas fallecidas a los 10 años del incendio.
Télam
En la mañana del 5 de febrero de 2014 se generó un incendio en el depósito que la empresa Iron Mountain tenía en la calle Azara 1245 donde guardaba documentación de distintas compañías. La alarma de incendio comenzó a sonar y tres empleados intentaron apagar el fuego.
Una hora después, cuando bomberos y Defensa Civil luchaban contra las llamas, una de las paredes se desplomó. Murieron aplastados Leonardo Day, Anahí Garnica, Eduardo Conesa, Damián Véliz, Maximiliano Martínez, Juan Monticelli, José Luis Méndez Araujo, Sebastián Campos, Pedro Báricola y Franco Ambrosi.
Cómo fue el recorrido del expediente hasta la Corte Suprema de Justicia
Recién en diciembre del 2022, la Cámara del Crimen confirmó el procesamiento de los 18 acusados por los delitos de incendio culposo seguido de muerte y lesiones culposas. Según esa resolución, hubo falencias gubernamentales en el control del funcionamiento del depósito de la empresa. Entre los acusados hay directivos de la empresa y ex funcionarios del gobierno de la ciudad de Buenos Aires de la Dirección General de Fiscalización y Control.
Con la causa en instancia de juicio, el 28 de abril de 2025, el Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional 18 rechazó los planteos de extinción de la acción penal por prescripción y los pedidos de insubsistencia de la acción penal por violación de la garantía de plazo razonable. En junio de ese año, la Sala de Turno de la Cámara Nacional de Casación Penal ratificó la decisión.
En base a ello, las defensas presentaron recursos extraordinarios que llegaron en queja a la Corte Suprema y que fueron desestimados por incumplimiento de la acordada que rige esas presentaciones.