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Casación anuló todo lo actuado por Bonadio en la causa contra Cristina Kirchner conocida como "vuelos canillita"

La resolución de los jueces de la Cámara Federal se debe a la investigación realizada por el uso de vuelos presidenciales para trasladar muebles y diarios al sur.

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  • La Cámara Federal de Casación Penal anuló lo actuado por el exjuez Claudio Bonadio en la causa contra la expresidenta Cristina Kirchner, en la cual se investigaba la utilización de vuelos presidenciales para trasladar muebles y diarios hacia El Calafate, en Santa Cruz.

    El máximo tribunal penal, en un fallo firmado por los jueces Guillermo Yacobucci, Ángela Ledesma y Alejandro Slokar, además apartó del expediente a los camaristas federales Leopoldo Bruglia, Pablo Bertuzzi y Mariano Llorens, que fue la que intervino en el expediente como tribunal de apelaciones.

    La defensa de la vicepresidenta había interpuesto un recurso de nulidad de lo actuado en esta causa, en la que se buscaba pruebas sobre una supuesta malversación de fondos a través de la utilización de vuelos en el avión presidencial rumbo al sur.

    En la resolución, Casación cuestionó lo actuado por Bonadio, que había ocupado el rol de denunciante en el caso y luego, a través de un sorteo, había sido elegido para ser el juez de la instrucción. Por esa razón, desde el tribunal aseguraron que resultaba violatorio del derecho a ser juzgado por un magistrado imparcial. Además, se anuló todo lo investigado por el juez, que falleció el 4 de febrero de 2020.

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    La vicepresidenta Cristina Kirchner fue sobreseída el lunes 5 de junio en la causa denominada "Ruta del dinero", en la que se la investigó por supuesto lavado de activos en relación a maniobras del condenado empresario Lázaro Báez.

    El juez Sebastián Casanello dispuso decretar el sobreseimiento "declarando que la formación del presente sumario no afecta el buen nombre y honor" de la vicepresidenta, según la resolución de tres carillas, en la que el juez se remitió al dictamen del fiscal del caso Guillermo Marijuan y a la postura coincidente de las querellas de la UIF y la AFIP, que se pronunciaron por el sobreseimiento.

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