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Aval judicial a la decisión de la Aduana de suspender preventivamente a exportadores que no liquiden divisas

El Juzgado Federal N°1 de Rosario decidió no hacer lugar a la medida cautelar solicitada por una empresa, respaldando la posición oficial.

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  • La Justicia avaló a la Aduana en su estrategia de suspender preventivamente a los exportadores que no liquidan divisas.

    Los plazos para liquidarlas van de los 15 días desde el permiso de embarque (soja) hasta 180 días (economías regionales), existiendo casos de 365 días, pero siempre con un máximo de 60 días para operaciones entre empresas vinculadas. Pero para aprovechar la brecha cambiaria, muchos exportadores no liquidan las divisas ante el BCRA y lo dejan en el exterior o lo convierten al tipo de cambio de contado con liquidación.

    En ese contexto, la Aduana dicto la IG 07/2022 (DGA) estableciendo pautas a seguir en aquellos casos en que los exportadores no efectúen el ingreso oportuno de divisas estableciendo que, si se verificase el efectivo incumplimiento, el agente a cargo del registro intimará al exportador para que, dentro del plazo de 10 días, proceda a liquidar las divisas correspondientes o a garantizar su ingreso (seguro de caución) o, de no cumplirse con estos requisitos, la suspensión como Exportador del Registro de Aduana.

    Frente a esos controles, la empresa entrerriana EL CERCO SRL, presentó una acción de amparo contra la ADUANA-AFIP para que se declare la inconstitucionalidad e inaplicabilidad de la INSTRUCCIÓN GENERAL N° 7/2022 DGA.

    La empresa señalo en su escrito que “la firma manifiesta que no ha recibido por parte del BCRA intimación de ninguna índole respecto al ingreso de divisas, fue requerida por la AFIP-DGA a realizar el ingreso de tales divisas en el plazo de 10 días, bajo de apercibimiento de aplicar lo normado en la instrucción mencionada”.

    Sin embargo, y avalando la posición de la Aduana, el Juzgado Federal N°1 de Rosario decidió no hacer lugar a la medida cautelar solicitada por la empresa, respaldando la posición oficial.

    “Estamos atravesando la peor sequía desde 1922 a la fecha, la producción de soja se estima en 23 millones de toneladas, y la falta de controles eficientes respecto de las falsas empresas exportadoras llevo a un crecimiento exponencial de “carpetas” que simulan operaciones de exportación para dejar dólares en el exterior sin liquidar", señaló el Director General de Aduana Guillermo Michel.

    "Este fallo de la justicia federal de Rosario consolida la posición de la Aduana y respalda nuestro accionar que tiene un objetico: defender las reservas para la industria nacional y la generación de empleo”, concluyó.

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