Este mes de noviembre es muy importante para los peronistas, ya que se celebra el Día de la Militancia, pero también para hacer un repaso sobre una cláusula constitucional que se encuentra en el artículo 14 bis que establece el derecho de los trabajadores a participar en las ganancias de las empresas.
En 1977 escribí un artículo sobre derecho constitucional y planteé que era inconstitucional por omisión. Es decir, una ley es inconstitucional cuando su texto contradice lo que la Constitución manda a hacer, pero la omisión no está caracterizada.
Uno de los antecedentes de la lucha de los trabajadores es el laudo gastronómico. Los únicos que participaban en las ganancias eran los mozos y, con la excusa que la propina era degradante, pidieron ser parte en su totalidad. Así, consiguieron el derecho que estableció porcentajes en base a categorías para ellos y el resto de los que integraban el sector.
Luego, ese derecho fue derogado durante la dictadura militar. ¿Cómo puede ser posible que haya todavía una veintena de leyes nacidas durante la dictadura? Si bien durante el Gobierno de Néstor Kirchner en 2003 se recuperaron muchos derechos, como autocrítica podemos decir que hay uno que aún no se recuperó: la indemnización mínima por despido.
Héctor Recalde es abogado laboralista. Exdiputado nacional, exasesor letrado de organizaciones sindicales y de la Comisión de Legislación del Trabajo de la Cámara de Diputados de la Nación.