Se conocieron los fundamentos del Tribunal Oral Federal (TOF) 2 para condenar a la vicepresidenta Cristina Fernández de Kirchner por presunta "administración fraudulenta". Por empezar, hay que decir que atenta contra el derecho de defensa, ya que consta de 1616 carillas y los abogados tienen solo 10 días para rebatirlo.
Los fundamentos inexplicables de la condena a Cristina Kirchner
Las 1616 carillas publicadas por el Tribunal Oral Federal 2 atentan contra el derecho de defensa ya que los abogados tienen solo 10 días para rebatirlo.
Pero además, el TOF 2 no expuso pruebas directas que involucraran a la exmandataria en un ilícito, sino que argumenta una construcción basada en supuestos indicios para justificar la condena a 6 años de prisión y la inhabilitación para ejercer cargos públicos de por vida.
No está de más señalar las relación de los magistrados Jorge Gorini y Rodrigo Giménez Uriburu con el expresidente Mauricio Macri.
Por otro lado se toman mensajes de WhatsApp extraídos del teléfono celular del exministro de Obras Públicas, José López, que fueron considerados como material de prueba por el tribunal, sin embargo la misma Justicia no considera prueba los escandalosos mensajes del grupo de comunicadores, funcionarios judiciales y políticos que viajaron a Lago Escondido. O los chats del exministro de Seguridad porteño Marcelo D’ Alessandro con el vocero del juez de la Corte Horacio Rosatti.
Hay que recordar que desde que se conocieron los fundamentos se abrió el el plazo de diez días hábiles para recurrir con la apelación al veredicto ante Casación, el máximo tribunal penal federal del país.
La instancia de revisión determina que el veredicto no se cumpla hasta que quede firme y esa instancia podría darse ante la Corte Suprema de Justicia, que no tiene plazos para resolver.
Los jueces condenaron a la vicepresidenta a seis años de prisión e inhabilitación especial perpetua para ejercer cargos públicos como "autora penalmente responsable del delito de administración fraudulenta en perjuicio de la administración pública".
Lázaro Báez, dueño de la empresa "Austral Construcciones", recibió la misma pena por el mismo delito en calidad de partícipe necesario.
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