Hay que animarse a contraer la jornada laboral a cuatro días

Con la tecnología, el trabajo pasó de buscar un resultado cuantitativo a cualitativo por lo que una semana laboral reducida serviría para lograr esa mano de obra calificada con beneficios para el empleador y el dependiente.

El mundo laboral en nuestro país nació con la Ley de Jornada de Trabajo en 1929, después siguió con la Ley de Contrato de Trabajo en 1974, que es la norma madre y que debería ser un código de trabajo. En 1991 se sancionó la Ley de Empleo N° 24013 y por último, en 2020, con un retraso de 15 años, y por la pandemia, surgió la Ley de Teletrabajo con la N° 27.555 y el acoso laboral.

Estas cinco normas son las que regulan en la Argentina las relaciones entre el empleador, que es quien da trabajo y que son las pymes mayoritariamente, aunque también pueden serlo un monotributista y un autónomo. La otra parte es un dependiente, es decir una persona que presta su fuerza física o intelectual a favor de un empleador.

Pero estas leyes quedaron atrasadas con la incorporación de la tecnología y se necesita una política pública para colaborar con el empleo y generar trabajo genuino en la República Argentina que se dará a partir de la implementación de la jornada de trabajo reducida. Necesitamos revisar los convenios para tener mayor tiempo de calidad para que todo sea más ameno.

Esta forma de trabajo de sólo cuatro días laborables se da en todo Europa. Empezó en Japón siguió en España, Bélgica, Grecia, Chile y hace poco Inglaterra. Posibilita la mano de obra calificada que deja de lado lo cualitativo por sobre lo cuantitativo. Esta contracción será de una jornada de cuatro días, lunes a jueves, 8 horas por día y el descanso será el viernes, sábado y domingo. No se toca el salario pero se acomoda la producción y la calidad de vida de los trabajadores.

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