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El derecho a participar en las ganancias

El abogado laboralista explicó que es un derecho constitucional de los trabajadores de la actividad privada en relación de dependencia.

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  • Participar en las ganancias de las empresas es un derecho que se encuentra en la Constitución Nacional artículo 14 bis.

    Fue incorporado en 1957 y y corresponde a los trabajadores de la actividad privada en relación de dependencia. Hay un antecedente con la participación en los ingresos y data del año 1946 con el “Laudo gastronómico” con Perón a la cabeza.

    Actualmente el derecho sobre la participación de ganancias de las empresas financieras lo tiene el sindicato bancario y la empresa de neumáticos Bridgestone, cuyos trabajadores van a percibir un bono de $730.000.

    Es trascendente porque, además de ser un derecho constitucional, aquel que atribuye con su trabajo puede participar. Le garantiza a todos los trabajadores información, y la información da poder.

    Héctor Recalde es abogado laboralista. Exdiputado nacional, exasesor letrado de organizaciones sindicales y de la Comisión de Legislación del Trabajo de la Cámara de Diputados de la Nación.

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