Se oficializó el refuerzo de $37.000 para jubilados y pensionados

El decreto se publicó este jueves en el Boletín Oficial. Forma parte de las medidas anunciadas por Sergio Massa y se abonará en los meses de septiembre, octubre y noviembre.

El refuerzo se abonará en los meses de septiembre, octubre y noviembre de 2023. Alcanza a los titulares de las prestaciones contributivas previsionales, Pensión Universal para el Adulto Mayor, pensiones no contributivas por vejez, invalidez, madres de siete hijos o más, y demás pensiones no contributivas de Anses.

La liquidación será proporcional a los ingresos. Para quienes perciban haberes menores o iguales a $87.459,76, el refuerzo será de $37.000. En el caso de los haberes que superen ese monto, el refuerzo será igual a la cantidad necesaria hasta alcanzar la suma total de $124.459,76.

De esta manera, los jubilados que cobren la mínima percibirán casi $124.460 en septiembre, entre el haber y el refuerzo. Con estos incrementos, la jubilación mínima tendrá una suba anual del 138%. Esta medida alcanza a más de 7 millones de jubilados y pensionados.

La normativa se dispuso a través de la Resolución General 5410/2023, publicada este jueves en el Boletín Oficial, y entre las principales modificaciones a la normativa vigente está la de elevar el universo de beneficiarios a quienes perciban hasta tres haberes mínimos garantizados, en vez de uno, como establecía la Resolución General 4670/2020.

Los $18.000 del tope mensual a reintegrar implican un aumento del 343,8% respecto de los $4.056 fijados por la resolución anterior, que seguirán vigentes si el beneficiario tributa Bienes Personales, Ganancias o estén inscriptos como trabajadores autónomos.

En este último caso, si el beneficiario tributa Bienes Personales, pero percibe dos o más asignaciones universales por hijo o embarazo para protección social, el monto se eleva a $8.114.

Las nuevas disposiciones entrarán en vigencia a partir del 1° de septiembre, y el monto de reintegro de las operaciones que se realicen hasta las 17 del jueves 14 de septiembre se acreditarán al día siguiente en la cuenta bancaria en la que se percibe el beneficio de la jubilación, pensión y/o asignación.