Luego de la aprobación de la ley 27.743, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) implementó la nueva normativa que regula la tabla de escalas del Monotributo a partir de agosto de 2024.
El monto mensual a pagar por el impuesto del Monotributo dependerá de la categoría que se te haya asignado.
Luego de la aprobación de la ley 27.743, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) implementó la nueva normativa que regula la tabla de escalas del Monotributo a partir de agosto de 2024.
Actualmente, la cuota mensual del Monotributo varía entre 26.600 pesos (categoría A) y 867.084,75 pesos (categoría K/servicios). Sin embargo, superar las escalas de tu categoría tiene consecuencias.
Si un contribuyente supera el límite de facturación correspondiente a su categoría en el Monotributo, deberá recategorizarse según sus nuevos ingresos.
En los meses de enero y julio, que son los periodos establecidos para la recategorización, deberá verificar si es adecuado mantenerse en la categoría asignada.
Si no es posible una recategorización adicional (es decir, si se está en la categoría más alta), la AFIP informa que, al superar los límites para seguir en el Monotributo sin ser excluido de oficio, se puede optar por darse de baja voluntariamente y registrarse en IVA y Ganancias, pasando al régimen general.
Esto conlleva obligaciones fiscales más complejas y responsabilidades adicionales. Otra alternativa para los contribuyentes es formar una sociedad para dividir la carga fiscal.
Actualmente, por mes se abonan los siguientes valores:
El equipo dirigido por Sandra Petovello anunció que, a partir de ahora, los titulares del Monotributo Social deberán hacerse cargo del 50% restante del componente correspondiente a la obra social, tanto para ellos como para sus adherentes.
Anteriormente, los monotributistas solo pagaban el 50%, pero con esta modificación asumirán el costo total, lo que implica que la cobertura médica dejará de ser un beneficio gratuito.