Finalizó enero y de esta manera la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) concluyó con los pagos del primer mes de 2023 y pone en marcha el calendario de pagos de febrero, donde quienes cobrarán primero serán los titulares de las Pensiones No Contributivas (PNC).
Los beneficiarios comenzarán a recibir su pago el miércoles 1 y finalizará una semana después, el miércoles 8, donde la entrega se dará según el último número del DNI. A su vez, el organismo que dirige Fernanda Raverta mantiene la inscripción abierta para nuevos beneficiarios: recordá cuáles son las líneas vigentes y qué tenes que presentar.
Calendario de pagos Pensiones No Contributivas (PNC) febrero 2023
- DNI terminados en 0 y 1: miércoles 1 de febrero.
- DNI terminados en 2 y 3: jueves 2 de febrero.
- DNI terminados en 4 y 5: lunes 6 de febrero.
- DNI terminados en 6 y 7: martes 7 de febrero.
- DNI terminados en 8 y 9: miércoles 8 de febrero.
Cuáles son las Pensiones No Contributivas
Esta prestación está destinada a quienes no cuentan con trabajo formal ni cobertura previsional y puede solicitarse de tres maneras:
- Pensión no Contributiva por Invalidez: para acompañar a las personas con discapacidad que se encuentren en situación de vulnerabilidad social.
- Pensión no Contributiva para Madre de 7 hijos: para mujeres que tengan o hayan tenido siete hijos o más, de cualquier edad, estado civil.
- Pensión no Contributiva por Vejez: para personas de 70 años o más, sin cobertura previsional o no contributiva.
Pensión no Contributiva por Invalidez: requisitos y a quién está dirigido
Pueden acceder al beneficio personas que acrediten una disminución de 76% o más de la capacidad laboral y que se encuentren en situación de vulnerabilidad social. Los requisitos para acceder son:
- Estar incapacitada/o en forma total y permanente.
- Tener menos de 65 años de edad.
- Ni vos ni tu cónyuge o conviviente deben percibir jubilación, pensión, retiro o Prestación No Contributiva (PNC).
- No tenés que estar empleada/o en relación de dependencia, ni registrada/o como autónoma/o, o monotributista del régimen general. Podés ser monotributista social.
- Ser argentina/o nativa/o, o naturalizada/o (con al menos 5 años de residencia continuada) o extranjera/o (con al menos 20 años de residencia efectiva en el país).
- No percibir ninguna prestación del Estado (nacional, provincial o municipal).
- No tener ingresos o recursos suficientes. Los ingresos totales del grupo familiar (cónyuge o conviviente o en caso de que seas menor de edad, tu padre, madre o tutor/a) no pueden superar las 4 jubilaciones mínimas.
- No tener familiares legalmente obligados a brindarte alimentos. En caso de tenerlos, que no puedan hacerlo.
- No estar detenida/o ni a disposición de la Justicia.
- Si vivís en Santiago del Estero, Santa Cruz, San Luis, La Pampa, Neuquén o Tierra del Fuego, además del CMO tenés que presentar el informe catastral con sello del organismo emisor a tu nombre (o de tu cónyuge / conviviente) o, si tenés menos de 18 años, a nombre de tus padres o tutor/a.
Pensión no Contributiva para Madre de 7 hijos: quiénes pueden acceder y requisitos
La prestación está dirigida a mujeres que tengan o hayan tenido siete o más hijos, de cualquier edad, estado civil. Los requisitos para solicitarla son:
- Ser argentina o naturalizada (mínimo un año de residencia en el país).
- Si sos extranjera, haber residido en el país al menos durante 15 años.
- No ser titular de una jubilación, pensión o retiro, de carácter contributivo o no contributivo, otorgado por cualquier régimen previsional.
- No estar cobrando una Asignación Familiar por Hijo, Asignación Universal por Hija o Hijo y Asignación por Embarazo.
- No poseer bienes, ingresos, ni recursos de otra naturaleza que permitan tu subsistencia ni la de tu grupo familiar, ni parientes obligados a prestar alimentos.
- Tu cónyuge o concubina/o puede ser titular de un beneficio previsional, pero no de una pensión por vejez o de una pensión por invalidez de carácter no contributivo.
Pensión no Contributiva por Vejez: requisitos y a quién está dirigido
Los beneficiarios deberán ser personas de 70 años o más, sin cobertura previsional o no contributiva. En caso de fallecimiento del titular, tienen derecho a cobrarla el viudo o concubino mayor de 70 años, incapacitado, que haya convivido los últimos 5 años anteriores al fallecimiento.
Para acceder deben cumplir con:
- Tener 70 o más años de edad.
- Ser argentino nativo o naturalizado, residente en el país. En este último caso debe haber residido en el país al menos durante 5 años antes de realizar la solicitud.
- Los extranjeros deben haber residido en el país al menos durante 40 años antes de realizar la solicitud.
- No cobrar, el titular ni su cónyuge, una jubilación, pensión o retiro de carácter contributivo o no contributivo, otorgado por cualquier régimen de previsión.
- No poseer bienes, ingresos ni recursos de otra naturaleza que permitan su subsistencia y la de su grupo familiar conviviente, ni parientes obligados a prestar alimentos.
- No encontrarse detenido a disposición de la Justicia.
- En el caso de un matrimonio, la pensión a la vejez se tramitará solamente en favor de uno de los cónyuges.
- La ausencia definitiva del país hará perder el derecho al beneficio, desde el momento en que se tome conocimiento de ello.