ver más

La CNV estableció nuevas exigencias para operar con criptomonedas en Argentina

Tras la aprobación de la Ley de Prevención de Lavado de Activos, el organismo creó el Registro de Proveedores de Servicios de Activos Virtuales, donde las exchanges locales deberán registrarse y proveer información sobre sus movimientos.

Por
  • + Seguir en
  • La Comisión Nacional de Valores (CNV) dio a conocer las nuevas exigencias que deberán cumplir las exchanges locales para operar con criptomonedas en Argentina. Con el objetivo de regular el mercado y luego de aprobarse la Ley de Prevención de Lavado de Activos en el Senado, dispuso la creación del Registro de Proveedores de Servicios de Activos Virtuales (PSAV) donde las las empresas deberán anotarse y proveer información sobre sus movimientos.

    La apertura del PSAV se iniciará la semana próxima y las exchanges tendrán un plazo de 45 días para registrarse. En base a la resolución general dictada el viernes a la noche por la CNV, la reglamentación dispone qué condiciones tendrán las personas físicas o jurídicas obligadas a registrarse.

    Aquellos que no se inscriba teniendo la obligación de hacerlo “deberán abstenerse de realizar en el país cualquiera de las actividades u operaciones comprendidas” en la ley sancionada por el Senado. Las mismas son: intercambiar activos virtuales con monedas convencionales; activos virtuales entre sí; su transferencia, custodia o administración o, también, la provisión de servicios financieros vinculados a los activos virtuales.

    A su vez, regulación aclara que están exceptuados de registrarse quienes realicen las actividades mencionadas por un monto menor a los 35.000 UVAs en el mes calendario, lo equivalente a casi 27 millones de pesos.

    CNV

    La CNV tambien establece que las personas físicas o jurídicas “residentes o constituidas” fuera de la Argentina deberán estar registradas para operar con criptomonedas si su actividad abarca una de la siguientes modalidades:

    Quiénes no estarán autorizados a inscribirse en el Registro de Proveedores de Servicios de Activos Virtuales

    Estarán exentos el registro cualquier persona “domiciliada, constituida, o que resida en dominios, jurisdicciones, territorios o Estados asociados que se encuentren incluidos en el listado de jurisdicciones no cooperantes a los fines de la transparencia fiscal”. Entre esas jurisdicciones se incluyen todas las que sean consideradas “no cooperantes o de alto riesgo” por el Grupo Acción Financiera Internacional (GAFI).

    TEMAS RELACIONADOS

    últimas noticias

    Cortes de luz en el AMBA: más de 5.000 usuarios sin suministro eléctrico por las tormentas

    Hace 14 minutos

    La picadora del fútbol argentino: tras el despido del DT de Riestra, ya son 10 los entrenadores que dejaron su cargo en Primera

    Hace 1 hora

    Tras el feroz temporal que afectó Buenos Aires, emiten una alerta por crecida del Río de la Plata

    Hace 1 hora

    Marcela Baños confirmó su separación tras 20 años

    Hace 1 hora

    Video: basura espacial se desintegró en el cielo de la Patagonia

    Hace 1 hora