La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES), que continúa con el calendario de pagos, recuerda que para quienes sean beneficiarios de jubilaciones y pensiones, se podrá realizar un trámite particular en caso de estar cobrando menos de lo que les corresponde: se trata de la Reparación Histórica.
Jubilación ANSES: qué hacer si estás cobrando menos de lo que te corresponde
La Administración Nacional de la Seguridad Social, que dirige Fernanda Raverta, impulsa a jubilados y pensionados a realizar el trámite correspondiente en caso de estar cobrando menos de lo correspondido.
La misma es una propuesta de actualización de montos de jubilaciones y pensiones que se puede aceptar mediante la firma de un acuerdo. Para iniciar el trámite se podrá realizar de manera virtual, aunque la finalización del proceso se realiza de forma presencial.
Reparación Histórica de ANSES: quiénes pueden acceder
Podrán realizar el trámite de Reparación Histórica jubilados y pensionados que hayan o no hayan iniciado juicio por reajuste de haberes antes del 30 de mayo de 2016 y estén alcanzados por el programa.
ANSES: cuáles son los requisitos para acceder a la Reparación Histórica
- Cobrar una jubilación y/o pensión y estar incluido en el programa. Se puede averiguar ingresando a Mi ANSES/Reparación Histórica con Clave de la Seguridad Social.
- Contar con un abogado patrocinante. En el caso de no haber iniciado juicio, el trámite es GRATUITO, ya que ANSES se hará cargo de los honorarios profesionales.
- Tener registrada la huella dactilar del titular y del abogado. Si el titular está imposibilitado de trasladarse, fue declarado incapaz judicialmente o la huella es ilegible, podrá solicitar la exención de la huella. Si reside en el exterior, tampoco es necesario.
Reparación Histórica de ANSES: cómo tramitarla
Según la página oficial de ANSES, “el trámite se inicia por internet y luego, para la suscripción del acuerdo, el titular o su apoderado deberá presentarse con su abogado en una oficina de ANSES con turno, o también sin turno en una oficina que cuente con una Terminal de Autoconsulta Electrónica.
Cuando el titular no pueda presentarse, el abogado deberá retirar el acuerdo impreso y hacérselo llegar para que lo firme:
- Si está imposibilitado de moverse, donde se encuentre en presencia de un escribano.
- Si no está en el país, suscriba el acuerdo certificando su firma vía Consulado.
Luego el abogado lo deberá presentar en la oficina de ANSES de donde lo retiró y firmarlo frente a un funcionario del organismo”.
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