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El Gobierno pospone nuevamente la actualización del impuesto sobre los combustibles

La disposición fue publicada en el Boletín Oficial, a través del decreto 561/2022. Se trata de la tercera postergación en el año.

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  • El Gobierno pospone la actualización del impuesto sobre los combustibles por tercera vez en lo que va de 2022: si bien comenzaría a regir a partir desde el 1 de septiembre, entrará en vigencia el 1 de octubre. La medida tiene como objetivo de "asegurar una necesaria estabilización y una adecuada evolución de los precios".

    La decisión fue adoptada a través del decreto 561/2022 publicado este miércoles en el Boletín Oficial: "Tratándose de impuestos al consumo, y dado que la demanda de los combustibles líquidos es altamente inelástica, las variaciones en los impuestos se trasladan en forma prácticamente directa a los precios finales de los combustibles".

    Por eso, el comunicado subrayó que "en línea con las medidas instrumentadas hasta la fecha y con el fin de asegurar una necesaria estabilización y una adecuada evolución de los precios, resulta razonable postergar para la nafta sin plomo, la nafta virgen y el gasoil los efectos de los incrementos en los montos de impuesto".

    A partir de una modificación en 2018, el Impuesto a los Combustibles prevé actualizaciones en su suma fija en enero, abril, julio y octubre de cada año sobre la base de las variaciones de la inflación de cada período trimestral precedente, buscando, de esta forma, amortiguar las fluctuaciones del dólar o de la cotización del crudo que se tenían como referencia previamente.

    La norma recuerda que las actualizaciones para la nafta sin plomo, la nafta virgen y el gasoil "se han diferido sucesivamente" en 2021. Esta es la sexta postergación de la aplicación del impuesto que este año ya se prorrogó en febrero y en junio.

    Con el decreto de este miércoles se encuentran pendientes las actualizaciones correspondientes a los cuatro trimestres de 2021 postergadas a fines de febrero al 1 de junio-, que ahora se aplicarían el 1 de octubre; y las del primero y segundo trimestre de este año que, de acuerdo también al decreto, quedaron para el 1 de enero de 2023.

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