El Banco Central de la República Argentina (BCRA) resolvió este jueves que a partir del 1° de septiembre los clientes puedan realizar pagos con cualquier billetera digital interoperable en los comercios que exhiban un código QR, independientemente de la marca con la que opera el establecimiento.
Desde septiembre los comercios con código QR deberán aceptar pagos con cualquier billetera digital
La resolución la tomó el Banco Central y habilita al cliente a elegir si abonar con transferencia o tarjeta de crédito luego de escanear un único codigo QR.
La autoridad monetaria indicó que "los adquirentes y agregadores que ofrecen el servicio no podrán discriminar en las comisiones y plazos de acreditación de los fondos al comercio según la marca de billetera que ordenó el pago".
"Con el objetivo de mejorar la experiencia, tanto para las personas usuarias como para los comercios y entrará en vigor a partir del 1º de septiembre", indicó el BCRA respecto a la nueva norma.
En el mismo sentido, estipuló que cuando los adquirentes o agregadores también sean aceptadores de pagos con transferencia, deberán ofrecer a los comercios un único código QR que contemple todos los instrumentos de pago. "Luego de leer un código QR la persona usuaria podrá elegir si para abonar usará pagos con transferencia o tarjeta de crédito, sin necesidad de cambiar de billetera digital para hacer el pago", añadió el comunicado.
La nueva disposición amplía el alcance del registro de proveedores de pago, que se puede consultar en el sitio web del BCRA, con el propósito de "lograr más transparencia".
Una de las consecuencias de la nueva normativa es que, desde ahora, también deberán registrarse aceptadores, adquirentes y agregadores o subadquirentes.
Por último, aclaró que los aceptadores "adhieren a comercios para permitirles cobrar con pago con transferencia (PCT) en el marco del programa Transferencias 3.0", los adquirentes a "comercios para permitirles cobrar con tarjetas de débito, crédito y/o prepagas" y los agregadores o subadquirentes "proporcionan a comercios acceso al cobro mediante tarjetas de débito, crédito y/o prepagas, u otros instrumentos" y "actúan como receptor de los fondos provenientes de las liquidaciones de estos instrumentos previa a la acreditación a comercios".
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