La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) paga entre $73 mil y $146 mil en los últimos días de noviembre por una prestación destinada a personas desempleadas. Este pago seguirá el calendario establecido según la terminación del número de documento.
El organismo previsional que dirige Fernanda Raverta afirmó que no solo proporcionar apoyo financiero a aquellos sin empleo, sino también fortalecer la economía de los sectores más vulnerables en la antesala de las festividades de fin de año. Con aumentos, bonos, complementos y aguinaldos, se brinda un respaldo sólido.
La prestación por desempleo va de los $73,000 a los $146,000, específicamente diseñado para aquellos individuos que perdieron su empleo.
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Qué es la Prestación por Desempleo de ANSES
Estos pagos están asociados a la Prestación por Desempleo de ANSES, dirigida a personas que anteriormente estaban empleadas en relación de dependencia y fueron despedidas injustificadamente, por la finalización de un contrato o debido a circunstancias ajenas al trabajador, tal como lo establece la Ley de Contrato de Trabajo 24.013.
El monto que recibe cada beneficiario depende de los ingresos y la cantidad de meses trabajados en los últimos años. Para aquellos desempleados que cumplan con ciertos criterios, la prestación puede alcanzar hasta $146.000, distribuidos en un período de 2 a 6 meses. Para las personas mayores de 45 años, la prestación se extiende por seis meses, aunque el monto disminuye un 30% durante el último semestre de pago.
Prestación por Desempleo ANSES
Cuánto se cobra en octubre por la prestación por Desempleo de ANSES
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Prestación por Desempleo de ANSES: requisitos
Para acceder es necesario presentar el DNI (original y copia) y la documentación que compruebe el desempleo (original y copia), según el caso:
- Despedida/o sin justa causa: telegrama de despido, carta documento o nota de despido con firma certificada de la empleadora o empleador.
- Despedida/o por quiebra o concurso preventivo de la empleadora o empleador: nota del síndico/a certificando la disolución del contrato laboral, sentencia de quiebra autenticada por juzgado, telegrama de la empleadora o empleador notificando el cese por quiebra o el ejemplar del Boletín Oficial donde se publicó la quiebra.
- Resolución del contrato de trabajo por denuncia de la trabajadora o trabajador fundada en justa causa: telegrama de intimación y telegrama de desvinculación laboral enviados por la trabajadora o trabajador.
- No renovación de un contrato a plazo fijo: copia del contrato de trabajo vencido.
- Fallecimiento de una empleadora o empleador unipersonal: copia certificada del acta o partida de defunción.
- En caso de haber padecido una enfermedad/accidente no laboral o enfermedad/accidente laboral al momento de producirse el cese en su último empleo: certificado médico de aptitud laboral para ocupar un puesto de trabajo acorde a su situación de salud.
Prestación por Desempleo de ANSES: calendario de pagos de noviembre 2023
- Documentos terminados en 4 y 5: 28 de noviembre.
- Documento terminados en 6 y 7: 29 de noviembre.
- Documentos terminados en 8 y 9: 30 de noviembre.