ANSES: el extra al que podés acceder solo por estar casado

La Administración Nacional de la Seguridad Social entrega un beneficio especial para los matrimonios.

La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) tiene entre sus prestaciones bonos que se pagan por ocasiones especiales. Entre esos momentos únicos, está el matrimonio.

El organismo previsional que dirige Osvaldo Giordano otorga Asignaciones de Pago Único (APU) a parejas que se hayan casado recientemente. El matrimonio tiene que estar acreditado en la base de datos de ANSES y tiene que haber sido consumado en el período entre 2 meses y 2 años del hecho.

Existe un monto máximo de ingresos familiares que se debe tener para acceder al beneficio y la cifra que recibe cada pareja es de $36.000.

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Qué son las Asignaciones de Pago Único de ANSES

Las APU son un respaldo financiero que el Estado, a través de la administración de ANSES, da en ocasiones especiales a aquellos que informen un reciente matrimonio, el nacimiento de un hijo o una adopción.

APU de ANSES: cuáles son los montos de enero 2024

  • Nacimiento (IGF hasta $1.401.750): $24.082
  • Adopción (IGF hasta $1.401.750): $144.012
  • Matrimonio (IGF hasta $1.401.750): $36.062

Requisitos para acceder a la APU por Matrimonio

  • Los trabajadores que están bajo relación de dependencia deben tener una antigüedad mínima de seis meses en el empleo al momento de contraer el matrimonio
  • La documentación que se debe presentar para acceder a este beneficio es el certificado de matrimonio y DNI del cónyuge
  • Los ingresos familiares no deben superar los $3,69 millones
ANSES

Cómo accedo a las APU de ANSES

Para poder anotarse como beneficiario de las APU, es necesario presentar la documentación según el beneficio a percibir. Para comenzar el trámite, podrás iniciar el de Matrimonio, por un lado, y el de Nacimiento o Adopción, por el otro, siguiendo estos tres pasos:

  • Ingresar a Mi ANSES.
  • Seleccionar la opción Atención Virtual.
  • Solicitar la Asignación de Pago Único.

Este beneficio está destinado a:

  • Personas que trabajen en relación de dependencia.
  • Personas que se encuentren cobrando por una Aseguradora de Riesgos del Trabajo.
  • Personas trabajadoras por temporada.
  • Personas trabajadoras rurales.
  • Personas que cobren la Prestación por Desempleo.
  • Personas que cobren la Pensión Honorífica de Veteranas y Veteranos de Guerra.