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AFIP 2022: condonación de deudas, moratoria y alivio fiscal

La Administración Federal de Ingresos Públicos extendió los vencimientos de las medidas contempladas por la ley de Alivio Fiscal.

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  • La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) comunicó una extensión de tiempo para que los contribuyentes puedan acceder a los beneficios previstos en la ley de Alivio Fiscal, en la que se contémplela la condonación de deudas menores a $100.000, la adhesión a la moratoria y los beneficios para contribuyentes cumplidores.

    La condonación originalmente iba a vencer el 2 de marzo, pero la AFIP lo extendió al 16; la moratoria y los beneficios para contribuyentes cumplidores, por su parte, pasaron del 15 al 31 de marzo.

    AFIP: cómo se genera una condonación de deudas

    La condonación de deudas puede ser solicitada por entidades y organizaciones sin fines de lucro (clubes de barrio, cooperativas de trabajo y escolares, bibliotecas populares y organizaciones comunitarias), aunque también abarca deudas inferiores a $100.000 de monotributistas y otros pequeños contribuyentes, y de micro y pequeñas empresas (con Certificado MyPyME).

    Para realizar a la solicitud hay que seguir los siguientes pasos:

    Moratoria de AFIP 2022

    La adhesión al plan de regularización está habilitada hasta el 31 de marzo, mientras que la primera cuota vence el 16 de abril de 2022 y las subsiguientes los días 16 de cada mes.

    Dicho plan de pagos, contemplado en la ley de Alivio Fiscal, permite solicitar el beneficio por deudas impositivas, aduaneras o de la seguridad social, incluidos intereses, multas y demás sanciones firmes relacionadas, vencidas al 31 de agosto de 2021.

    Los deudores en concurso preventivo, por su parte, podrán adherirse a la moratoria hasta el 31 de marzo de 2022, inclusive.

    El alivio fiscal de la AFIP

    La ley de Alivio Fiscal contempla un conjunto de medidas para acompañar a los contribuyentes de la AFIP en el proceso de recuperación económica. La extensión de plazos fue publicada en la Resolución General 5157/22 del Boletín Oficial.

    Además de la condonación de deudas menores a $100.000 y la moratoria, la ley también contempla beneficios para los contribuyentes cumplidores. Los monotributistas podrán acceder a la eximición del componente impositivo del pago mensual que se efectuará a partir del período fiscal mayo de 2022.

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